El alcalde de los chinosen la provincia de Colima durante el siglo XVII:
un sistema de representación en torno a un oficio

Claudia Paulina Machuca Chávez
ciesas occidente  

Cuando  quedó  establecida   la   corrida anual de la nao  de China o galeón de Manila  –hacia 1570–  que enlazaba las  Filipinas con el puerto de Acapulco, los puertos de  Colima desempeñaron un papel estratégico: abastecían de víveres a la tripulación  antes de su arribo final  a  Acapulco y, como  se argumentó en  alguna ocasión, fungieron como  punto medular de  contrabando de mercancías. A partir de  entonces, la  provincia de  Colima mantuvo fuertes vínculos con  el  sudeste de  Asia, vínculos que trascendieron el aspecto económico y que dieron paso a la escritura de una nueva página en  la historia del Colima colonial: la llegada de  numerosos asiáticos o “indios chinos” que se asentaron en  territorio colimense. Las  comunidades asiáticas en  la Nueva España se caracterizaron por  su  dinamismo y adaptabilidad,1  y el caso particular de  Colima es un  ejemplo de  ello. En Colima existió un sistema político de  representación totalmente atípico, basado en un alcalde de chinos y otras autoridades auxiliares. La pregunta generadora de  este artículo es ¿por  qué fue en Colima donde surgió la figura del  alcalde de  chinos y no en otros lugares de  la Nueva España con  fuerte presencia filipina?

 

Palabras clave: indios chinos, Colima, Filipinas, alcaldes, vino  de coco

En  el imaginario de  un  vecino de  Colima del  siglo XVII, el tornaviaje de las islas Filipinas era  el recorrido “más cierto y breve” que jamás hubiera existido en la historia de la navegación. Este vecino, de nombre Francisco Toscano Gorjón y arraigado en la villa de Colima por más de sesenta años, evocó el momento en  que “un fulano de  Avendaño” dejó  la semilla delcocotero en la provincia de Colima, la cual  recolectó en su travesía por las islas del Poniente. 2
El “fulano de  Avendaño” al que aludía Toscano Gorjón era  ni más ni menos que el famoso navegante  español Álvaro de  Mendaña, quien a bordo de  la embarcación Los Reyes y proveniente de  las islas Salomón en  el  Pacífico atracó en  las costas de  Colima el 22 de  enero de  1569. Mendaña permaneció poco  más de  un  mes en  el  puerto de  Santiago (Colima) y durante su estancia desembarcó diversos géneros de  productos, como  la semilla del  cocotero.3 El arribo de  Mendaña y sus hombres –que en  algún momento fueron confundidos con  luteranos– causó tal alboroto y revuelo que el episodio quedó grabado en  la memoria de los colimenses más antiguos y la leyenda se transmitió de  generación en  generación.
Cuando quedó establecida la corrida anual de  la nao  de  China o galeón  de  Manila –hacia 1570–  que enlazaba las  Filipinas con  el puerto de Acapulco, los  puertos de  Colima desempeñaron  un  papel estratégico: abastecían de  víveres a la tripulación antes de  su arribo final a Acapulco y,  como  se ha  argumentado en  alguna ocasión, fungieron como  punto medular de contrabando de mercancías.4
Cuando se avistaba el galeón por  el mes de  noviembre de  cada año, los indios centinelas que guardaban estricta vigía  se apresuraban a informar  sobre el arribo de  la embarcación. Los vecinos de  Colima abordaban una o dos  fragatas que había en  el puerto de  Salagua y por  medio de postas y centinelas se acercaban hasta el galeón amainado en  espera de refresco. Ahí,  los colimenses dotaban de  provisiones a  los  navegantes para que éstos continuaran su  trayectoria hasta Acapulco. El general o el almirante de  la nave entregaban los pliegos de  su  Majestad que iban dirigidos al virrey de la Nueva España, que se llevaban por tierra hasta la ciudad de  México, donde corría la noticia de  que la nao  de  China estaba próxima a desembarcar en el puerto de Acapulco.

A partir de entonces, Colima, provincia marítima a las orillas de la Mar del Sur, guardó fuertes vínculos con el sudeste de Asia,5 vínculos que trascendieron el aspecto económico y que dieron paso a la escritura de  una nueva página en  la historia del  Colima colonial: la llegada de  numerosos asiáticos o “indios chinos” que se asentaron en  territorio colimense. El flujo comercial entre Asia y América dio origen a una importante migración asiática que se estableció en la Nueva España, cuyo  desplazamiento geográfico se puede trazar mediante una letra “L”  inversa (ver  mapa 1), en que la línea horizontal corresponde a la zona costera de la Mar del Sur, desde Colima hasta Acapulco, mientras que la línea vertical indica la ruta comercial entre la Mar  del  Sur y el Atlántico, es decir, de  Acapulco hasta Puebla, extendiéndose a la ciudad de México.6

Las comunidades asiáticas en la Nueva España se caracterizaron por su dinamismo y adaptabilidad,7  y el caso particular de  Colima es un  ejemplo de ello. En Colima existió un sistema político de representación totalmente atípico, basado en  un  alcalde de  chinos y otras autoridades auxiliares. ¿A qué se debió la emergencia de una autoridad política inusual en el aparato de gobierno hispanoamericano y cómo se relaciona esto con las nociones de autogobierno y sociedad corporativa del antiguo régimen? La pregunta generadora de este artículo es por qué fue en Colima donde surgió la figura del alcalde de chinos y no en otros lugares de la Nueva España con fuerte presencia filipina.
El  texto está  organizado en  cinco   apartados: en  las  dos   primeras partes explico la ambigüedad del concepto de  “indio chino” y el status jurídico de esta población; en la tercera abordo la importancia de las “haciendas de palmas de beneficio” donde se fabricaba una bebida de origen asiático, llamada “vino de  cocos”, lugar donde se desenvolvían los asiáticos; en la cuarta parte analizo los mecanismos de elección de los indios chinos y, finalmente, comparo de manera general la experiencia filipina y la novohispana.

 

Los “indios chinos”: un concepto ambiguo

Definir  con  precisión el  concepto de  indio chino es una tarea difícil.  Si bien es un  vocablo con  fuerte arraigo colonial, los españoles lo empleaban para referir a los nativos de  las  Filipinas, Bengala, Camboya, Ceilán, China, Japón, India, Malasia, Papúa, Siam,  entre otros muchos lugares del  Sudeste asiático.8 En este sentido, el término “indio chino” no define un origen étnico sino geográfico.
También eran llamados algunas veces “indios filipinos”, pues Manila se había erigido como  el punto de  embarque y principal centro administrativo de  la Corona española en  Oriente. Contrario a lo que ocurría en la Nueva España, en  Filipinas sí había una clara distinción entre los naturales filipinos y los sangleyes, “que son  la nación China”, y que en  su lengua significaba “los  mercaderes que venimos”.9 Según los censos de la época, hacia 1635 vivían más de 20 mil chinos en el Parián, un suburbio de  Manila, dedicados en  su  mayor parte al comercio con  Europa y al servicio de las autoridades españolas en esta ciudad. 10
Las frecuentes alusiones a los “indios chinos negros” alude a la riqueza  étnica de  esta población, pues desde la época prehispánica el archipiélago filipino  acogió diversos grupos con  ascendencia étnica distinta. Uno de estos grupos fue bautizado por los españoles como  “los  negritos” debido a su  aspecto físico  de  tez  morena oscura.11  En  la mayoría de  los casos resulta difícil conocer elementos puntuales de esta población, como la lengua que hablaban o el lugar donde habían nacido, tal como  sucedió con  la mayoría de  los  esclavos negros, de  quienes se sabe, en  el mejor de  los  casos, el  lugar de  embarcación y reclutamiento en  el continente africano o en el Caribe.12

Ahora bien, existen distintas referencias sobre la cantidad de  asiáticos  llegados a la Nueva España. De acuerdo con  Jonathan Israel, unos 6 mil indios chinos llegaba cada década,13  mientras que Déborah Oropeza sostiene que en  el periodo de  1565-1700 fueron aproximadamente 7 200 los orientales que arribaron al puerto de  Acapulco, y sólo  unos 5 000 de ellos  se establecieron de forma permanente en territorio novohispano.14

 

Sobre  el status jurídico

Los indios chinos llegaron a la Nueva España en un  momento coyuntural del  siglo  XVI: cuando escaseaban los  esclavos africanos y la  población indígena había disminuido considerablemente. En la creciente demanda de  mano de  obra, algunos asiáticos llegaron en  calidad de  esclavos, aun cuando la propia legislación indiana lo prohibía. Muchos otros vinieron en calidad de sirvientes o comerciantes.
Eigi  Fuchigami afirma que la demanda de  esclavos asiáticos fue  más fuerte en el Pacífico porque su costo era  menor al de los esclavos negros, pues mientras el precio de éstos oscilaba entre los 400 y los 500 pesos, los indios chinos costaban alrededor de  350 pesos en  lugares como  Jalapa.15
Sin  embargo, esta afirmación se debe matizar para el  caso de  Colima, donde los indios chinos se vendían en  ocasiones al mismo costo que los esclavos de origen africano.16
Los indios chinos libres ejercieron el comercio de  telas, velas, aguardiente, hierbas y medicina, entre muchos otros productos. En  la ciudad de México destacaron en el oficio de la barbería, donde rivalizaron fuertemente con los españoles.17
Al igual que los  indios americanos, la población asiática pagaba tributo y estaba exenta del  pago de  la  alcabala sobre los productos que vendía.18 Sin embargo, debido a que algunos indios chinos eran esclavos mientras que otros gozaban del estatuto de libertad, el pago de alcabalas causó confusión entre la misma burocracia que exigía este pago. Algunos asiáticos, como  Antonio de la Cruz  y su  mujer, habitantes de  Puebla de los  Ángeles, escribieron al virrey y demás oficiales reales para exigir la exención del pago de alcabalas “por ser  tributarios de Su Majestad”.19  En
1640  se estableció que los chinos que pagaran tributos y que estuvieran matriculados con los indios naturales no debían pagar alcabalas.20
El deambular de la población asiática entre la república de españoles y la de indios le permitió crear fuertes vínculos socioeconómicos en ambas esferas, pero al  mismo tiempo propició la  ambigüedad de  su  categoría jurídica en una sociedad corporativa que en ocasiones los clasificaba a la par  de los indios naturales y otras veces los agrupaba con otras castas.

 

Indios chinos y vino  de cocos

Los indios chinos que llegaron a Colima se establecieron en  “haciendas de  palma de  beneficio” donde, además de  palmares, había otras cosechas como  el cacao y la caña. La hacienda fue  una institución con  fuerte arraigo en la provincia de Colima, que se especializó en la producción de cacao a partir de  la segunda mitad del  siglo  XVI y con  el paso del  tiempo incorporó el cultivo de otros frutales, como  el cocotero.21
Se estima que para principios del siglo  XVII habría por lo menos 138 mil palmas sembradas en la provincia de Colima, con un valor aproximado de cien  mil ducados.22  Los  cocoteros tenían un  rápido crecimiento: comenzaban a dar  frutos en  apenas cinco  o seis años y entraban en  un  periodo de  plena producción a los diez  o doce años. La inflorescencia llevaba de cinco  a quince frutos y un racimo podía tener de  10 hasta 30 cocos en  un periodo de recolección de cada tres meses.23 Las haciendas de palmas de beneficio podían llegar a  tener hasta 400  palmeras en  producción.24   La palmera no requería de un cuidado especial, como  el cacao, y la inversión de capital era  bastante baja.
La  comunidad asiática encajó muy  bien en  este tipo  de  haciendas porque introdujo una peculiar técnica para elaborar una bebida que fue conocida como  “vino de cocos”, una especie de aguardiente preparado a partir de  los vástagos de  las  palmas. Fray Antonio Tello  describió en  su Crónica miscelánea el proceso de su fabricación:

el vástago que arroja la palma en que había de dar  su fruto lo atan muy bien con  unos cordeles, dando mucha vueltas, y le van cortando poco a poco,  una vez  en  la mañana y otra a la tarde, teniendo colgado de  él un  calabazo o vaso en  que va destilando el agua, que llaman tuba, la cual  acabada de salir  es una bebida de mucho regalo, dulce y sabrosa; después lo echan en unas vasijas para que se acede un poco  y luego lo destilan por  alambiques, y así  lo destilado es el vino; y si lo sacan con cuidado es fortísimo y como  el aguardiente de Castilla. 25

Es  muy  probable que la técnica del  vino  de  cocos haya sido  introducida  en otras regiones de la Nueva España, pues se sabe que en 1618  un grupo de  74 marinos, presumiblemente asiáticos, se negó a emprender el  viaje  de  regreso a  Filipinas “por haber sido contratados para enseñar  en  la Nueva España la preparación del  vino  de  palma”.26  En  Colima fueron los  hacendados españoles quienes aprovecharon las  condiciones del  medio natural y la mano de  obra asiática para producir y distribuir el vino de cocos en grandes cantidades. Así, las primeras referencias a este aguardiente datan de  1602,  cuando el mercader de  la ciudad de  México Mateo de  Zárate llegó  a Colima a vender su  vino  de  Castilla y se percató de  que el entonces alcalde ordinario de  la villa,  Diego Mejía  de  la Torre, distribuía por  doquier el  vino  de  cocos y, “contraviniendo la  autoridad de  su  oficio,  lo vende a las  personas que se lo compran en  mucha cantidad”.27 Cabe recordar que existía una expresa restricción de las “bebidas de  la tierra” (es  decir elaboradas en  la Nueva España), por  lo que el vino de cocos se convirtió en el blanco de acusaciones por causar embriaguez y enfermedades.

 

Los alcaldes de chinos

La creciente demanda del  vino  de  cocos propició que casi  todo el vecindario colimense se volcara a producirlo y, para ello, estuviera dispuesto a recibir a cuantos indios chinos pudieran llegar. Conforme las  haciendas de palmas se consolidaban y la producción del aguardiente iba en aumento, se comenzó a elegir a un representante de la comunidad asiática para apoyar en  las tareas de  recolección de  tributos. Este líder  fue  conocido como  “alcalde de  los chinos” y, como  podrá observarse, tal  forma de gobierno resulta totalmente atípica en la Nueva España.
Son  cuatro los  documentos que he  localizado que contienen referencias  a los alcaldes de chinos en Colima; corresponden a los años de 1619, 1632,  1636  y 1642.  Dichas referencias abarcan la primera mitad del  siglo XVII, justamente cuando el vino  de cocos estaba en  pleno apogeo. Estos cuatro documentos dan cuenta de  distintos escenarios en  que participaron los  alcaldes de chinos, que van  de  lo económico hasta lo político. La  estrategia que he  seguido es la  de  presentar cronológicamente las noticias de los alcaldes de chinos en Colima y, en la medida de lo posible, analizar su contexto.

 

El alcalde de 1619

Andrés Rosales, natural de  las islas Filipinas, fue  electo alcalde de  los chinos en  1619.  Poco  o nada se sabe de  él, únicamente su oficio  y su cargo. Como  los demás asiáticos, llevaba un  nombre cristiano y se dedicaba a producir vino  de  cocos. En  una ocasión se asoció con  el entonces alférez mayor de Colima, Jorge Carrillo de Guzmán, para un negocio de tuba, como también se llama al vino  de  cocos. El negocio consistía en  “sacar vino  por mitad” de  veintiocho palmas e ir a partes iguales. En un  año  se extrajeron setenta botijas peruleras y, cuando el alcalde de los chinos reclamó para sí las 35 que le correspondían, el alférez se negó a entregarle su parte. 28
El contrato económico anterior muestra la superficie del  tipo  de  relación que estos representantes llegaban a tener con los hacendados españoles. Los indios chinos libres producían vino de cocos para los españoles hacendados, quienes lo distribuían y comercializaban en  Colima y otros lugares de  la  Nueva España. Existían contratos laborales mediante los cuales se establecía la cantidad de pesos que los hacendados debían pagar  a los indios “vinateros”, como  también se les  llamaba, y la cantidad de vino que éstos debían producir.
El compromiso estipulaba además que los indios chinos no debían ausentarse de  las  haciendas de  palmas de  beneficio bajo ningún motivo hasta haber entregado la cantidad de  vino  estipulada en  los  contratos. Cuando los  indios chinos se ausentaban temporalmente o huían de  sus amos españoles, los primeros debían cubrir el gasto de  su  localización, a razón de dos  pesos de oro de minas por cada día de su búsqueda. Tampoco podían vender vino de cocos a ninguna otra persona que no fuera quien los había contratado. Un ejemplo de estos contratos es el establecido entre  el  filipino  Juan Bautista de  Pantao y el  español Pedro de Saavedra, vecino del valle  de Alima  (Michoacán), por la cantidad de 84 pesos.29
Ahora bien, en  los contratos también existía la modalidad de  pago en especie, es decir que algunos indios vinateros producían cierta cantidad de aguardiente para los hacendados, quienes les pagaban con un porcentaje de  las  botijas de  vino  extraído. Finalmente, el incumplimiento de  un contrato podía llevar a la cárcel a los indios chinos, o bien hacerlos caer en la servidumbre perpetua en las haciendas de sus amos. Un ejemplo de ello es el del  indio chino Sebastián Tumbaga, quien se había comprometido a pagar “ciento y tantos pesos” en  aguardiente al vecino colimense Luis González, pero incumplió su contrato y Luis González exigió ante las autoridades colimenses el pago del vino  o la prisión del asiático.30

 

El alcalde de 1932

La segunda noticia de un alcalde de chinos en Colima data de 1632, cuando los indios chinos se presentaron ante el alcalde mayor para que éste confirmara a  su  representante  electo, “según el  uso  y  costumbre que entre nosotros [los  indios chinos] corre de nombrar un  alcalde ordinario entre nos  para que acuda a las  diligencias y servicios de  Su Majestad y cobranza de tributo”.31 En esa ocasión, los asiáticos eligieron a Luis Ortiz, ya  que lo consideraban una persona “segura” y estaba  casado. Como puede observarse, los  asiáticos enfatizaron el  estado civil  del  alcalde electo, ya que también en  las  elecciones de  las  autoridades españolas se prefería a los hombres casados.
Los indios chinos mencionaron que su representante  Luis Ortiz se encargaría de  la  cobranza de  tributos. Esta práctica, la recolección de  tributos de  ciertos grupos mediante un  representante de  la  misma etnia, no era  del  todo desconocida en  la época colonial. Charles Gibson observó cómo  en  los siglos XVI  y XVII  algunos gobiernos indígenas en la ciudad de  México, como los mixtecas, los zapotecas, los tarascos, los chichimecas y “la  nación Meztitlán”, tuvieron su propio alguacil para la recaudación de tributos.32
¿Cuál era  la estrategia que seguía el alcalde de  los chinos para la cobranza de tributos? Es necesario mencionar que la comunidad asiática en Colima estaba dispersa entre las  diferentes haciendas de  palmas, por  lo que el área de  competencia del  alcalde de chinos no estaría circunscrita a un espacio geográfico específico, como  ocurría con otras demarcaciones jurisdiccionales que funcionaban con  una delimitación basada en  cierta cantidad de leguas a la redonda.

 

El alcalde de 1636

La tercera referencia al alcalde de  chinos en  Colima corresponde a 1636 y,  aunque  aporta escasísima información, toca   un  tema fundamental: las  atribuciones judiciales del  alcalde de  chinos. Es  difícil  establecer el desempeño que tuvieron estos representantes asiáticos como  jueces; sin embargo, un  proceso judicial en  que participó Bartolomé Vázquez, alcalde de los chinos, puede arrojar luz a este tema.
Bartolomé Vázquez era  criado de  una hacienda de  palmas en  Colima.  En  una ocasión se percató de  que un  indio “borracho y furioso” propinaba una paliza a su mujer, de  lo que resultó escándalo y alboroto entre los residentes de  la hacienda. Vázquez intervino en  el pleito y, al intentar detener las agresiones del  indio, éste lo hirió.  Cuando Bartolomé Vázquez era  interrogado por el alcalde mayor, declaró que intervino “por ser alcalde” y porque el indio quería quemar la casa del  dueño de la hacienda.33
Bartolomé Vázquez manifestó sus motivos para impartir justicia, y aunque no  se cuenta con  mayores datos para extraer interpretaciones sólidas al respecto, es probable que el alcalde de los chinos haya fungido como  una autoridad con potestad judicial dentro de las haciendas, impartiendo justicia no sólo a los asiáticos sino  también a otras castas, siempre y cuando el momento ameritara su intervención.

 

El alcalde de 1642

Por  fortuna, la última noticia que se tiene sobre el alcalde de  chinos en Colima, del año  1642,  es la más completa y engloba lo que se ha dicho en los casos anteriores, en una época en que la producción del vino de cocos estaba en  su  máximo apogeo. Se trata de un  documento que detalla la elección del  “alcalde de  los  chinos, mulatos e indios laboríos”, avalada por  el alcalde mayor de Colima, el capitán Cristóbal de  Lugo  y Montalvo (ver cuadro 1).
Conviene destacar cinco  aspectos. En primer lugar, la votación se realizó el primer día  de  enero, como  ocurría con  los cabildos de españoles y de las repúblicas de indios. Los candidatos a puestos de elección, además de  contender por  el de  alcalde de  chinos, también lo hacían por  uno  de regidor y otro  de alguacil.
En segundo lugar, el documento muestra que se entregó una vara de justicia al representante electo, Gaspar Hernández, y con ello se confirma la tesis anterior de que al alcalde de chinos no sólo correspondía la recaudación tributaria, sino  que además gozaba de potestad judicial.
En  tercer lugar, el papel que desempeñó el alcalde mayor como  instancia legitimadora de  la elección revela el carácter oficial  del cargo de alcalde de los chinos.
En cuarto lugar, se observa que hubo tres candidatos al cargo de elección  del  alcalde de  chinos: Gaspar Hernández, Agustín Pérez y Nicolás Mananquel. De ellos  sólo pude comprobar la etnia de Nicolás Mananquel, quien era  indio chino, por  lo que existe la posibilidad de  que los  otros dos  contrincantes pertenecieran a otro  grupo étnico. Nicolás Mananquel era  propietario de  una hacienda de  palmas, andaba a caballo, tenía cria-

dos34  y había registrado su  propio hierro para marcar bestias mulares y caballares.35 Cabe aclarar que, además de  Mananquel, había otros indios chinos que eran propietarios de  haciendas de  palmas.36  Es probable que la candidatura de Mananquel se debiera, por su posición económica, a su mayor capacidad de negociación con los españoles.
En  quinto lugar, la elección de  1642  establecía la representación de un  alcalde para “chinos y mulatos e indios laboríos”. Es la única alusión que se localizó para un  representante de  tres etnias distintas y llama la atención que proceda de un periodo en que el vino de cocos estaba en su máximo apogeo. ¿Acaso la demanda de mano de obra en las haciendas de palmas propició que tanto mulatos como  indios naborías se incorporaran a la fabricación del  vino  de  cocos, labor durante mucho tiempo exclusiva de  la comunidad asiática? ¿Fue la producción del  vino  de  cocos un  factor determinante en la representatividad de estas etnias?37
Cabe señalar que, en  Hispanoamérica, existieron “alcaldes de  oficio”  para algunos gremios. En la ciudad de México y en la de Quito hubo alcaldes de  sastres, mientras que en  esta última también los  hubo de zapateros. Constantino Bayle  señala que estos alcaldes de oficio “se consideraban personeros del  gremio” al que pertenecían, y a nombre de  él “solicitaban sus conveniencias y aspiraciones”.38
Para mediados del  siglo  XVII, la  presencia de  indios naborías en  las haciendas de palmas de Colima era  una realidad. Muchos de ellos  subían hasta lo más alto  de las palmeras para extraer la tuba apoyándose en pequeñas hendiduras que se hacían a los costados del  tallo  de  las  palmas, a manera de  escalones. Las  precauciones al trepar a las  palmeras eran mínimas, lo que causaba continuos accidentes laborales.
En  una ocasión, un  indio cayó  de  una palma y murió “sin confesión ni poder recibir juramento”.39 Se llamaba Francisco Vázquez y era  criado de  Blas  de  Mesina, a quien beneficiaba con  vino  de  cocos. Otro  indio del pueblo de  Comala murió al caer también de  una palma, aunque este incidente se atribuyó al estado de  embriaguez en  que se encontraba antes de subir.40

Las  haciendas de  palmas de  beneficio constituyeron, pues, espacios multiculturales donde convivían diferentes etnias en torno a una misma actividad económica como  era  la producción del vino de cocos. En Colima los indios chinos tenían la misma categoría jurídica que otros grupos étnicos, y ello se puede constatar en las ordenanzas. Por citar un ejemplo, el alcalde mayor de  Colima determinó en  1640  que “todos los cualesquier negros y mulatos libres, chinos e indios laboríos que sirven a españoles y andan sueltos fuera de los pueblos”41 se presentaran a pagar los reales tributos de Su Majestad, so pena de diez  días de cárcel y seis pesos de oro común.
En este mismo sentido Jonathan Israel sostiene que “con todo y que ante la ley los orientales eran ‘indios’, en  la práctica generalmente se les consideraba iguales a los negros, los mulatos y los mestizos, máxime en las  ciudades”.42 Algunas cédulas reales demuestra esta actitud, como  la prohibición de  que “los  negros, mulatos, chinos y zambaigos pudiesen traer ningún género de  armas ofensivas ni defensivas”,43 o bien el impedimento para que “mestizos, negros, chinos y mulatos” pudiesen caminar  por las noches en número mayor de tres y, durante el día,  cuatro.44

 

Dos experiencias compartidas

Sorprende la similitud de los mecanismos de elección de alcaldes nativos que existía entre la sociedad colonial filipina y la de Colima.45 Sinibaldo de Mas  y Sanz,  en  su  Informe sobre el estado de  las Islas  Filipinas en  1842, mencionó que diversas provincias se organizaron en  torno a la representación de  un  líder  llamado “gobernadorcillo”, a partir de  la colonización hispánica. Este gobernadorcillo ejercía las  tareas de  juez  en  unidades de palmas y sementeras.46
Los mecanismos de elección eran los siguientes: en primer lugar, se conformaba una terna de candidatos,74 tarea que corría a cargo de los cabezas de  barangay.48 En segundo lugar, se elegían otros cargos como  teniente y alguacil, y las votaciones se hacían cada primero de enero, en las casas reales o en los tribunales de los pueblos. Los resultados de la votación, desde luego, estaban sujetos a la confirmación del gobierno superior español.
La descripción de Sinibaldo de Mas  y Sanz  sobre las elecciones de gobernadorcillo en  Filipinas evoca, inevitablemente, la elección del  alcalde de  los  chinos de  Colima en  1642.  En  ambos casos la votación se llevó  a cabo a principios de año, además de que había tres candidatos para el oficio de  juez, más un  alguacil, y la votación también debía ser  confirmada por una autoridad española.
¿Acaso los indios chinos trasladaron su experiencia de representación de  gobernadorcillo a  la  provincia de  Colima? Es  muy probable que sí, pero también se debe tomar en  cuenta que en  la Nueva España existían otras experiencias de  representación similar, aunque con  otros grupos étnicos, y que dichas experiencias se pudieron adoptar para el caso de la comunidad asiática en Colima. En la Nueva España algunas comunidades de cimarrones tuvieron sus propios representantes, quienes defendieron sus intereses frente a las presiones de las autoridades.49

 

Consideraciones finales

Es momento de regresar a la pregunta que establecí al inicio  de este texto:  ¿por  qué fue  en  Colima donde surgió la figura del alcalde de  chinos y no en otros lugares de la Nueva España con importante presencia filipina? Mi hipótesis es que las haciendas de palmas de beneficio fueron espacios medulares de  cohesión social y económica que permitieron agrupar al indio chino en torno a un mismo oficio de vinatero.
Si bien en  la ciudad de  México y en  Acapulco hubo una cantidad considerable de asiáticos, su situación socioeconómica debió ser mucho más heterogénea que en  el caso de  Colima. Con  esto no quiero decir que los indios chinos residentes en  otras partes de  la Nueva España no  hayan formado parte de organizaciones; por el contrario, los asiáticos participaron  activamente como  miembros de  gremios y cofradías.50  Sin embargo, el caso de  Colima fue  singular porque la mayoría de  los indios chinos se incorporó a la fabricación del vino  de cocos en las haciendas de palmas.
Existe un  dato interesante que proviene de  las cercanías del  puerto de  Acapulco hacia finales del  siglo XVII. Un  pueblo de  indios llamado Santiago Huiztoco, en  la jurisdicción de  Iguala, tuvo como  gobernador durante tres años al indio chino Pedro Vázquez. Un día,  los indios del lugar  lo denunciaron porque cometía “muchas y considerables vejaciones a los naturales”.51  Sólo entonces se supo que el gobernador de  Santiago Huiztoco no era  un “natural legítimo”, es decir, era  “persona prohibida” para ocupar dicho cargo. Según los habitantes  del  pueblo, don  Pedro Vázquez llegó  a ser gobernador gracias al valimiento que tenía con  las autoridades españolas.
Lo anterior demuestra que en  Acapulco, un  lugar con  abundante población asiática (recuérdese que Acapulco era  el destino final del  galeón de  Manila), también se abrieron oportunidades a los indios chinos, aunque de  una manera distinta a la que se desarrolló en Colima. Hacia mediados del  siglo  XVIII, la Corona permitió la incorporación de  la población asiática acapulqueña a las compañías milicianas, por  lo que en  1762  la ciudad de Acapulco otorgaba títulos de “capitán de chinos” y “alférez de chinos” como parte de la organización militar en la Mar del Sur.52
Estos nombramientos, cuyos títulos eran los  grados de  capitán y alférez de  la  “Compañía miliciana de  chinos del  puerto de  San Diego  de Acapulco”, eran propuestos al virrey en  turno, conjuntamente con  la representación de  otras compañías de  pardos, mulatos, negros y lanceros, de caballería e infantería.53 Sin embargo, los documentos no especifican si quienes detentaban los oficios  de capitán y alférez de chinos eran, efectivamente, de origen asiático, o si eran españoles quienes los obtenían. Sea como fuere, la reflexión general que se puede extraer de  este texto es la flexibilidad del  gobierno de  la monarquía hispánica para adaptarse a las circunstancias socioculturales de cada región.
Finalmente, una de  las tareas que quedan pendientes en  los estudios sobre migración asiática a la Nueva España es la explicación a su declive a partir del  siglo XVIII. Aun  cuando para ese periodo existían numerosos indios chinos en Acapulco, lo cierto es que las referencias a los asiáticos de Colima son verdaderamente escasas después del  año  de  1700.  ¿A qué se debió? Una pista la ofrece Déborah Oropeza, quien sostiene que en 1670 se prohibió de manera oficial la esclavitud de los indios chinos, lo que puso fin a la ambigüedad que por mucho tiempo los caracterizó, y que seguramente esto repercutió en su ingreso al territorio novohispano.54 Asimismo, Carmen Yuste argumenta que el puente comercial que se tendió entre España y las Filipinas a mediados del sigloXVIII alteró la regularidad de la nao  de China en su carrera anual a la Nueva España.55
Esta situación coincidió con un notable declive en la producción del vino de cocos en la provincia de Colima, pues hacia finales del siglo XVII los asentistas del pulque de la ciudad de México presionaron para que los tratantes de  vino  de  cocos de  Colima pagaran el mismo impuesto que los pulqueros al ingresar a la capital del virreinato.56 A esto se sumó que en 1724 el virrey Juan de  Acuña, marqués de  Casafuerte, emitió una orden para combatir los “vinos de la tierra”, y estableció “que ninguna persona, sea de la jerarquía, dignidad, y elevación que fuere, aunque sea caballero, militar, noble o plebeyo, español, indio, mulato, negro, mestizo, lobo,  o coyote […] pueda inventar, fabricar, ni introducir” bebidas de la tierra.57 La situación adversa propició el declive en la producción del vino de cocos, de manera que a finales del siglo XVIII  se hablaba ya escasamente de este producto.

Álvaro de  Mendaña marcó el principio de  una historia llena de  complicidades entre Colima y el sudeste asiático. En algunos momentos del  siglo XVII, cuando los indios chinos llegaban a Colima y observaban los paisajes costeros de  abundantes palmares, con  casas de  palapa, con  clima  húmedo tropical y con  diversos objetos de  porcelana y artesanía china que adornaban las casas de los españoles, se debieron sentir en un ambiente familiar, tal como  si Colima fuera una extensión de las islas Filipinas.

 

Siglas y referencias
AGI              Archivo General de Indias, Sevilla, España
AGN             Archivo General de la Nación, México, D. F.
AHEC/RG     Archivo Histórico del Estado de Colima, Catálogo de Juan Carlos Reyes Garza, Colima
AHMC          Archivo Histórico del Municipio de Colima
AHNM          Archivo Histórico Nacional de Madrid, Madrid, España
RAH            Real Academia de la Historia de Madrid, Colección Muñoz, Madrid, España

 

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Notas:

1 Oropeza Keresey, “Los ‘indios chinos’”.
2 Sevilla del Río, Provança, p. 68.
3 Romero de Solís, Conquistas e instituciones, pp. 140-151.
4 En  la relación de  Documentos varios relativos a Nueva España se describe cómo en  el  puerto de  Colima desembarcaba  el gentilhombre del  galeón de  Filipinas para dar  aviso al virrey sobre el estado de  la embarcación, “y  con  más propiedad diré  que un  mercader cargado de  todos los géneros sin pagar derecho alguno a su majestad los cuales venden en  el camino hasta llegar a México por  hacer su viaje con  la lentitud que a este fin conviene”, véase rah, Documentos varios relativos a Nueva España, N. 798, f. 373 v.
5 Solórzano Béjar, Colima.
6 Fuchigami, “Indios chinos”, p. 8.
7 Oropeza Keresey, “Los ‘indios chinos’”.
8 Don Diego  Calderón y Serrano informaba al Consejo de Indias en 1678 que aunque los “japones” eran descendientes de los chinos o sangleyes, guardaban sus precauciones al emprender negocios con ellos, “pues los admiten al comercio en un sitio señalado y cercado, donde venden y compran y acabada la feria  los obligan a volverse todos [a los sangleyes], uno  por  uno, que para eso les cuentan a la ida  y los vuelven a contar a la vuelta no permitiéndoles vivir  en  sus tierras sabiendo sus malas mañas de  traidores, inconstantes, infieles y llenos de mentira, embustes y codicia, a fin que no suceda allá en  Japón lo que saben ha  sucedido en Filipinas”. ahnm, Inquisición, 5348,  exp. 3, ff.
20v-21. Déborah Oropeza sostiene que presumiblemente en el centro del virreinato se tuvo un mayor respeto por los japoneses, quienes incluso fueron llamados por algunos “los españoles de  Asia”, pues lograron acceder a importantes esferas de  la sociedad novohispana, véase Oropeza Keresey, “Los ‘indios chinos’”, p. 193. Calvo, “Japoneses en Guadalajara”, pp. 533-547.
9 En las islas Filipinas había una clara distinción entre los naturales filipinos y los sangleyes, “que son  la nación china”, por lo que don Diego  Calderón Serrano expresaba que “la  nación de  China son  llamados sangleyes en  estas islas porque al principio que los españoles conquistaron esta tierra viniendo los  chinos de  sus provincias a  ésta para mercadear, como  fuesen los  españoles a reconocerlos les  preguntaron quiénes eran y respondieron “sianglay” que quiere decir mercaderes que venimos, de donde se originó llamarlos sangleies corrompido el idioma chino”. ahnm, Inquisición,  5348,  exp. 3, f. 1 v.
10 Dubs y Smith, “Chinese”, pp. 387-389.
11 Los negritos se conocían también con el nombre de aeta o ita, vocablo que significaba negro en tagalo. En su aspecto físico destacaba la tez morena oscura, la estatura baja, el cuerpo robusto y el pelo  rizado. Prieto Lucena, “Etnohistoria de Filipinas”, p. 87. En Colima, por ejemplo, hay  registros de compraventa de esclavos chinos “algo negros”. Martín Alonso Enríquez compró a Pedro Blanco, vecino de  Pátzcuaro, un  esclavo llamado Antón en 400 pesos, “de nación chino… y es algo  negro [y tiene] las orejas hora- dadas”. ahec/rg, reg. 1834. Juan Gutierre de Monroy vendió en 400 pesos a Jerónimo, “natural de Sibú en los reinos de la China”, aunque se aclara que es “negro”. ahec/rg, reg. 1747.
12 Existía también la acepción de  “chino” para nombrar al hijo  de  una india y un  cuarterón, establecida por Nicolás León  en su obra Las castas del México colonial o Nueva España, de 1924,  aunque Jonathan Israel afirma que este término no es aplicable para el siglo XVII. Israel, Razas, p. 82.
13 Israel, Razas, p. 83.
14 Oropeza Keresey, “Los ‘indios chinos’”, p. 188.
15 Fuchigami, “Indios chinos”, p. 5.
16 El precio de  los esclavos asiáticos varió  considerablemente en  Colima. Además, debe tenerse en  cuenta que en  ocasiones se trataba de  esclavos chinos “negros” o “algo negros”. Por lo tanto, el aspecto físico pudo ser determinante en  el costo del esclavo, pero también la habilidad de emplearse en las haciendas de fabricación del vino  de  cocos. He aquí algunos ejemplos: el capitán Rodrigo de  Brizuela compró a Jerónimo Dávalos Vergara, vecino de  la ciudad de  México, a Juan, “chino, de  tierra de  la  India”, en 450  pesos, “sano de  sus miembros sin lo asegurar de  otra cosa, tacha ni defecto, como  si fuese recién venido al presente de  la dicha India”; ahec/ rg,  regs. 1744-1745. Asimismo, Martín Alonso Enríquez compró a  Pedro Blanco, vecino de  Pátzcuaro, a un esclavo llamado Antón en  400 pesos, “de nación chino… y es algo  negro [y tiene] las orejas horadadas”; ahec/rg, reg. 1834.  Juan Gutierre de  Monroy vendió en  400  pesos a  Jerónimo, “natural  de  Sibú  en  los reinos de  la China”, aunque se aclara que es “negro”; ahec/rg, reg. 1747.  Otros registros sobre esclavos chinos de  menor precio son: Vicente, en  300  pesos; ahec/rg,  reg. 1934. Ventura, en  250 pesos; ahec/rg, reg. 2324.
17 Los barberos orientales llegaron a rivalizar fuertemente con los españoles, al grado de que éstos presentaron una petición al virrey en  junio  de  1635  con  el fin de  limitar los “excesos e inconvenientes” que representaban para la república. Después de pedir consejo al gobierno de  la ciudad, el cabildo determinó que reduciría a doce el número de barberías chinas y que deberían trasladarse a los suburbios para evitar la “injusta” competencia con los barberos españoles en el corazón de la ciudad; Israel, Razas, p. 83. Otras referencias sobre barberos en la ciudad de México, en agn, General de Parte, vol. 8, exp. 66; agn, General de  Parte, vol. 14, exp. 50; agn, Indios, vol. 10, exp. 249; agn, Indios, vol. 15, exps. 29 y 86; agn, Reales cédulas, vol. D18, exp. 27.
18 Aunque este hecho causó confusión, pues hay  registros donde los “indios chinos” demandaron a las autoridades exentar el pago de alcabalas “por ser tributarios de  su Majestad”, como  el caso de  Antonio de  la Cruz  y su mujer, en  Puebla de  los Ángeles, véase agn, Indios, vol. 11, exp. 166; véase también la petición que se hizo en la ciudad de México para que “los chinos que están matriculados con los de este país y pagan sus tributos” no paguen alcabala, véase agn, Indios, vol. 13, exp. 112.
19 AGN, Indios, vol. 11, exp. 166.
20 AGN, Indios, vol. 13, exp. 112.
21 Machuca Chávez, “Del cacao al vino de cocos”.
22 Reyes Garza, La antigua villa, p. 158.
23 Guedea y Castañeda, Las haciendas en Colima, p. 59.
24 De la Madrid Castro, Apuntes históricos, p. 104.
25 Tello, Crónica, p. 381.
26 Santiago Cruz,  La nao de China, p. 127.
27 AHMC, caja  B-20, exp. 1, pos. 22.
28 AHMC, caja  B-8, exp. 27.
29 AHMC, caja  B-11, exp. 5.
30 AHMC, caja  B-19, exp. 24.
31 Fuchigami, “Indios chinos”, p. 22.
32 Gibson, Los aztecas, p. 401.
33 AHMC, caja  B-13, exp. 15. Es interesante destacar que este alcalde era  criado de  Sebastián Gutiérrez en  una hacienda de palmas en  el valle  de  Caxitlán, jurisdicción de Colima.
34 AHMC, caja  B-26, exp. 26.
35 AHMC, caja  B-23, exp. 1. Sebastián de la Cruz,  “indio chino”, también poseía su propia hacienda de palmas en Tecuiciapa, jurisdicción de Colima; ahmc, caja  B-26, exp. 26.
36 AHMC, caja  B-26, exp. 26.
37 Hacia 1644  había, cuando menos, ochenta y tres propietarios de  haciendas de  palmas en  Colima, en  un  vecindario que no rebasaba los 150 españoles, véase Machuca Chávez, “Del cacao al vino de cocos”.
38 Bayle, Los cabildos, p. 174.
39 AHMC, caja B-29, exp. 23. Después de la averiguación, el alcalde mayor de Colima, Alonso de Aguilar Cervantes, determinó que como el difunto era  vinatero, “cuya ocupación le originó dicha muerte”, Blas de  Mesina debía pagar las costas de  la averiguación y cuatro pesos para decir misas por  el alma del  difunto. Blas de  Mesina enfureció por  la orden del alcalde mayor y se dirigió a las casas reales “con mucho atrevimiento, enojo y poco  respeto” y al entrar en  la sala de  audiencias gritó que “todos tenían indios en sus palmas”, manifestando que él no entendía por qué debía pagar.
40 AHMC, caja  B-18, exp. 10. En una ocasión llegó  la noticia al alcalde mayor de  Colima, Domingo Vela  de  Grijalva, que un  indio llamado Juan Martín había muerto al caer de una palma en el pueblo de Comala y que lo habían enterrado desde hacía dos días sin haber avisado a la justicia. Los testigos declararon que estaba borracho y que ésa pudo haber sido la causa de su caída.
41 AHMC, caja  B-19, exp. 32.
42 Israel, Razas, p. 84.
43 Cuando llegó esta notificación a Colima, el alcalde mayor ordenó que se difundiera en la plaza pública, y añadió que “ningún mulato, chino ni zambaigo, libre  o esclavo, pueda traer ni traigan espada, daga ni cuchillo…so pena de  doscientos azotes y cortadas las orejas y de  cincuenta pesos porque será vendido en  un  obraje”; ahmc, caja  B-29, exp.
1. Estas prohibiciones alcanzaron a poblaciones como Veracruz, véase agn, Tierras, vol. 298, exp. 111.
44 AGN, Reales cédulas, vol. D15, exp. 178.
45 Hay  escasas referencias sobre los órganos representativos de  los chinos o sangleyes dentro de  las Filipinas. El gobernador de las Filipinas en  1628,  Juan Niño  de  Távora, argumentaba la dificultad y confusión de  juzgar a los sangleyes ante las instancias españolas, o bien “conforme a sus usanzas”. Niño  de  Távora menciona que había un gobernador de  los chinos o sangleyes, “que es una persona que se nombra para que gobierne a su modo y los pleitos que se hacen ante él son en  caracteres chinos y a su usanza”. agi, Filipinas, 8, R.1, N. 3, f. 2.
46 Mas y Sanz, Informe, f. 267.
47 Hacia finales del siglo XVIII se intentó cambiar el nombre de “gobernadorcillo” por el de “alcalde” a los ministros de justicia en los pueblos de las islas Filipinas, pero se apeló a la “inmemorial costumbre” y no hubo modificaciones. agi, Filipinas, 337, L. 20, ff. 254-255 v.
48 Funcionaban a manera de  caciques en  los pueblos de  indios de  las Filipinas. Álvarez, “Los señores”, pp. 355-406.
49 Landers y Robinson, Slaves.
50 Oropeza Keresey, “Los ‘indios chinos’”.
51 AGN, Indios, vol. 32, exp. 350, ff. 306 v.-307.
52 En 1762,  por ejemplo, se nombró a Manuel de Jesús como  capitán de chinos de la ciudad de Acapulco, y en el mismo año  Pedro de Alcántara fungió como  alférez de chinos en esa ciudad. agn, General de Parte, vol. 47, exp. 19-20.
53 Aunque no siempre se especifica la etnia de  procedencia del  capitán o del  alférez de chinos, en  1763  se nombró al castellano José Paco  como  capitán de  la compañía de chinos, “atendiendo a que en  la persona de  José Paco  concurren las partes, calidades y circunstancias que se requieren y son necesarias para el desempeño de  esta ocupación”. Véase agn, General de Parte, vol. 47, exp. 143, f. 78 y agn, General de Parte, vol. 47, exp. 144, ff. 78-78 v.
54 Oropeza, “Los ‘indios chinos’”, p. 194.
55 Oropeza, “Los ‘indios chinos’”, p. 194.
56 Guedea y Castañeda, Las haciendas en Colima, p. 68.
57 Sevilla  del Río, Provança, pp. 105-108.