El alcalde de los chinosen la provincia de Colima durante el siglo XVII:
un sistema de representación en torno a un oficio
Claudia Paulina Machuca Chávez
ciesas occidente
Cuando quedó establecida la corrida anual de la nao de China o galeón de Manila –hacia 1570– que enlazaba las Filipinas con el puerto de Acapulco, los puertos de Colima desempeñaron un papel estratégico: abastecían de víveres a la tripulación antes de su arribo final a Acapulco y, como se argumentó en alguna ocasión, fungieron como punto medular de contrabando de mercancías. A partir de entonces, la provincia de Colima mantuvo fuertes vínculos con el sudeste de Asia, vínculos que trascendieron el aspecto económico y que dieron paso a la escritura de una nueva página en la historia del Colima colonial: la llegada de numerosos asiáticos o “indios chinos” que se asentaron en territorio colimense. Las comunidades asiáticas en la Nueva España se caracterizaron por su dinamismo y adaptabilidad,1 y el caso particular de Colima es un ejemplo de ello. En Colima existió un sistema político de representación totalmente atípico, basado en un alcalde de chinos y otras autoridades auxiliares. La pregunta generadora de este artículo es ¿por qué fue en Colima donde surgió la figura del alcalde de chinos y no en otros lugares de la Nueva España con fuerte presencia filipina?
Palabras clave: indios chinos, Colima, Filipinas, alcaldes, vino de coco
En el imaginario de un vecino de Colima del siglo XVII, el tornaviaje de las islas Filipinas era el recorrido “más cierto y breve” que jamás hubiera existido en la historia de la navegación. Este vecino, de nombre Francisco Toscano Gorjón y arraigado en la villa de Colima por más de sesenta años, evocó el momento en que “un fulano de Avendaño” dejó la semilla delcocotero en la provincia de Colima, la cual recolectó en su travesía por las islas del Poniente. 2
El “fulano de Avendaño” al que aludía Toscano Gorjón era ni más ni menos que el famoso navegante español Álvaro de Mendaña, quien a bordo de la embarcación Los Reyes y proveniente de las islas Salomón en el Pacífico atracó en las costas de Colima el 22 de enero de 1569. Mendaña permaneció poco más de un mes en el puerto de Santiago (Colima) y durante su estancia desembarcó diversos géneros de productos, como la semilla del cocotero.3 El arribo de Mendaña y sus hombres –que en algún momento fueron confundidos con luteranos– causó tal alboroto y revuelo que el episodio quedó grabado en la memoria de los colimenses más antiguos y la leyenda se transmitió de generación en generación.
Cuando quedó establecida la corrida anual de la nao de China o galeón de Manila –hacia 1570– que enlazaba las Filipinas con el puerto de Acapulco, los puertos de Colima desempeñaron un papel estratégico: abastecían de víveres a la tripulación antes de su arribo final a Acapulco y, como se ha argumentado en alguna ocasión, fungieron como punto medular de contrabando de mercancías.4
Cuando se avistaba el galeón por el mes de noviembre de cada año, los indios centinelas que guardaban estricta vigía se apresuraban a informar sobre el arribo de la embarcación. Los vecinos de Colima abordaban una o dos fragatas que había en el puerto de Salagua y por medio de postas y centinelas se acercaban hasta el galeón amainado en espera de refresco. Ahí, los colimenses dotaban de provisiones a los navegantes para que éstos continuaran su trayectoria hasta Acapulco. El general o el almirante de la nave entregaban los pliegos de su Majestad que iban dirigidos al virrey de la Nueva España, que se llevaban por tierra hasta la ciudad de México, donde corría la noticia de que la nao de China estaba próxima a desembarcar en el puerto de Acapulco.
A partir de entonces, Colima, provincia marítima a las orillas de la Mar del Sur, guardó fuertes vínculos con el sudeste de Asia,5 vínculos que trascendieron el aspecto económico y que dieron paso a la escritura de una nueva página en la historia del Colima colonial: la llegada de numerosos asiáticos o “indios chinos” que se asentaron en territorio colimense. El flujo comercial entre Asia y América dio origen a una importante migración asiática que se estableció en la Nueva España, cuyo desplazamiento geográfico se puede trazar mediante una letra “L” inversa (ver mapa 1), en que la línea horizontal corresponde a la zona costera de la Mar del Sur, desde Colima hasta Acapulco, mientras que la línea vertical indica la ruta comercial entre la Mar del Sur y el Atlántico, es decir, de Acapulco hasta Puebla, extendiéndose a la ciudad de México.6
Las comunidades asiáticas en la Nueva España se caracterizaron por su dinamismo y adaptabilidad,7 y el caso particular de Colima es un ejemplo de ello. En Colima existió un sistema político de representación totalmente atípico, basado en un alcalde de chinos y otras autoridades auxiliares. ¿A qué se debió la emergencia de una autoridad política inusual en el aparato de gobierno hispanoamericano y cómo se relaciona esto con las nociones de autogobierno y sociedad corporativa del antiguo régimen?
La pregunta generadora de este artículo es por qué fue en Colima donde surgió la figura del alcalde de chinos y no en otros lugares de la Nueva España con fuerte presencia filipina.
El texto está organizado en cinco apartados: en las dos primeras partes explico la ambigüedad del concepto de “indio chino” y el status jurídico de esta población; en la tercera abordo la importancia de las “haciendas de palmas de beneficio” donde se fabricaba una bebida de origen asiático, llamada “vino de cocos”, lugar donde se desenvolvían los asiáticos; en la cuarta parte analizo los mecanismos de elección de los indios chinos y, finalmente, comparo de manera general la experiencia filipina y la novohispana.
Los “indios chinos”: un concepto ambiguo
Definir con precisión el concepto de indio chino es una tarea difícil. Si bien es un vocablo con fuerte arraigo colonial, los españoles lo empleaban para referir a los nativos de las Filipinas, Bengala, Camboya, Ceilán, China, Japón, India, Malasia, Papúa, Siam, entre otros muchos lugares del Sudeste asiático.8 En este sentido, el término “indio chino” no define un origen étnico sino geográfico.
También eran llamados algunas veces “indios filipinos”, pues Manila se había erigido como el punto de embarque y principal centro administrativo de la Corona española en Oriente. Contrario a lo que ocurría en la Nueva España, en Filipinas sí había una clara distinción entre los naturales filipinos y los sangleyes, “que son la nación China”, y que en su lengua significaba “los mercaderes que venimos”.9 Según los censos de la época, hacia 1635 vivían más de 20 mil chinos en el Parián, un suburbio de Manila, dedicados en su mayor parte al comercio con Europa y al servicio de las autoridades españolas en esta ciudad. 10
Las frecuentes alusiones a los “indios chinos negros” alude a la riqueza étnica de esta población, pues desde la época prehispánica el archipiélago filipino acogió diversos grupos con ascendencia étnica distinta. Uno de estos grupos fue bautizado por los españoles como “los negritos” debido a su aspecto físico de tez morena oscura.11 En la mayoría de los casos resulta difícil conocer elementos puntuales de esta población, como la lengua que hablaban o el lugar donde habían nacido, tal como sucedió con la mayoría de los esclavos negros, de quienes se sabe, en el mejor de los casos, el lugar de embarcación y reclutamiento en el continente africano o en el Caribe.12
Ahora bien, existen distintas referencias sobre la cantidad de asiáticos llegados a la Nueva España. De acuerdo con Jonathan Israel, unos 6 mil indios chinos llegaba cada década,13 mientras que Déborah Oropeza sostiene que en el periodo de 1565-1700 fueron aproximadamente 7 200 los orientales que arribaron al puerto de Acapulco, y sólo unos 5 000 de ellos se establecieron de forma permanente en territorio novohispano.14
Sobre el status jurídico
Los indios chinos llegaron a la Nueva España en un momento coyuntural del siglo XVI: cuando escaseaban los esclavos africanos y la población indígena había disminuido considerablemente. En la creciente demanda de mano de obra, algunos asiáticos llegaron en calidad de esclavos, aun cuando la propia legislación indiana lo prohibía. Muchos otros vinieron en calidad de sirvientes o comerciantes.
Eigi Fuchigami afirma que la demanda de esclavos asiáticos fue más fuerte en el Pacífico porque su costo era menor al de los esclavos negros, pues mientras el precio de éstos oscilaba entre los 400 y los 500 pesos, los indios chinos costaban alrededor de 350 pesos en lugares como Jalapa.15
Sin embargo, esta afirmación se debe matizar para el caso de Colima, donde los indios chinos se vendían en ocasiones al mismo costo que los esclavos de origen africano.16
Los indios chinos libres ejercieron el comercio de telas, velas, aguardiente, hierbas y medicina, entre muchos otros productos. En la ciudad de México destacaron en el oficio de la barbería, donde rivalizaron fuertemente con los españoles.17
Al igual que los indios americanos, la población asiática pagaba tributo y estaba exenta del pago de la alcabala sobre los productos que vendía.18 Sin embargo, debido a que algunos indios chinos eran esclavos mientras que otros gozaban del estatuto de libertad, el pago de alcabalas causó confusión entre la misma burocracia que exigía este pago. Algunos asiáticos, como Antonio de la Cruz y su mujer, habitantes de Puebla de los Ángeles, escribieron al virrey y demás oficiales reales para exigir la exención del pago de alcabalas “por ser tributarios de Su Majestad”.19 En
1640 se estableció que los chinos que pagaran tributos y que estuvieran matriculados con los indios naturales no debían pagar alcabalas.20
El deambular de la población asiática entre la república de españoles y la de indios le permitió crear fuertes vínculos socioeconómicos en ambas esferas, pero al mismo tiempo propició la ambigüedad de su categoría jurídica en una sociedad corporativa que en ocasiones los clasificaba a la par de los indios naturales y otras veces los agrupaba con otras castas.
Indios chinos y vino de cocos
Los indios chinos que llegaron a Colima se establecieron en “haciendas de palma de beneficio” donde, además de palmares, había otras cosechas como el cacao y la caña. La hacienda fue una institución con fuerte arraigo en la provincia de Colima, que se especializó en la producción de cacao a partir de la segunda mitad del siglo XVI y con el paso del tiempo incorporó el cultivo de otros frutales, como el cocotero.21
Se estima que para principios del siglo XVII habría por lo menos 138 mil palmas sembradas en la provincia de Colima, con un valor aproximado de cien mil ducados.22 Los cocoteros tenían un rápido crecimiento: comenzaban a dar frutos en apenas cinco o seis años y entraban en un periodo de plena producción a los diez o doce años. La inflorescencia llevaba de cinco a quince frutos y un racimo podía tener de 10 hasta 30 cocos en un periodo de recolección de cada tres meses.23 Las haciendas de palmas de beneficio podían llegar a tener hasta 400 palmeras en producción.24 La palmera no requería de un cuidado especial, como el cacao, y la inversión de capital era bastante baja.
La comunidad asiática encajó muy bien en este tipo de haciendas porque introdujo una peculiar técnica para elaborar una bebida que fue conocida como “vino de cocos”, una especie de aguardiente preparado a partir de los vástagos de las palmas. Fray Antonio Tello describió en su Crónica miscelánea el proceso de su fabricación:
el vástago que arroja la palma en que había de dar su fruto lo atan muy bien con unos cordeles, dando mucha vueltas, y le van cortando poco a poco, una vez en la mañana y otra a la tarde, teniendo colgado de él un calabazo o vaso en que va destilando el agua, que llaman tuba, la cual acabada de salir es una bebida de mucho regalo, dulce y sabrosa; después lo echan en unas vasijas para que se acede un poco y luego lo destilan por alambiques, y así lo destilado es el vino; y si lo sacan con cuidado es fortísimo y como el aguardiente de Castilla. 25
Es muy probable que la técnica del vino de cocos haya sido introducida en otras regiones de la Nueva España, pues se sabe que en 1618 un grupo de 74 marinos, presumiblemente asiáticos, se negó a emprender el viaje de regreso a Filipinas “por haber sido contratados para enseñar en la Nueva España la preparación del vino de palma”.26 En Colima fueron los hacendados españoles quienes aprovecharon las condiciones del medio natural y la mano de obra asiática para producir y distribuir el vino de cocos en grandes cantidades. Así, las primeras referencias a este aguardiente datan de 1602, cuando el mercader de la ciudad de México Mateo de Zárate llegó a Colima a vender su vino de Castilla y se percató de que el entonces alcalde ordinario de la villa, Diego Mejía de la Torre, distribuía por doquier el vino de cocos y, “contraviniendo la autoridad de su oficio, lo vende a las personas que se lo compran en mucha cantidad”.27 Cabe recordar que existía una expresa restricción de las “bebidas de la tierra” (es decir elaboradas en la Nueva España), por lo que el vino de cocos se convirtió en el blanco de acusaciones por causar embriaguez y enfermedades.
Los alcaldes de chinos
La creciente demanda del vino de cocos propició que casi todo el vecindario colimense se volcara a producirlo y, para ello, estuviera dispuesto a recibir a cuantos indios chinos pudieran llegar. Conforme las haciendas de palmas se consolidaban y la producción del aguardiente iba en aumento, se comenzó a elegir a un representante de la comunidad asiática para apoyar en las tareas de recolección de tributos. Este líder fue conocido como “alcalde de los chinos” y, como podrá observarse, tal forma de gobierno resulta totalmente atípica en la Nueva España.
Son cuatro los documentos que he localizado que contienen referencias a los alcaldes de chinos en Colima; corresponden a los años de 1619,
1632, 1636 y 1642. Dichas referencias abarcan la primera mitad del siglo XVII, justamente cuando el vino de cocos estaba en pleno apogeo. Estos cuatro documentos dan cuenta de distintos escenarios en que participaron los alcaldes de chinos, que van de lo económico hasta lo político. La estrategia que he seguido es la de presentar cronológicamente las noticias de los alcaldes de chinos en Colima y, en la medida de lo posible, analizar su contexto.
El alcalde de 1619
Andrés Rosales, natural de las islas Filipinas, fue electo alcalde de los chinos en 1619. Poco o nada se sabe de él, únicamente su oficio y su cargo. Como los demás asiáticos, llevaba un nombre cristiano y se dedicaba a producir vino de cocos. En una ocasión se asoció con el entonces alférez mayor de Colima, Jorge Carrillo de Guzmán, para un negocio de tuba, como también se llama al vino de cocos. El negocio consistía en “sacar vino por mitad” de veintiocho palmas e ir a partes iguales. En un año se extrajeron setenta botijas peruleras y, cuando el alcalde de los chinos reclamó para sí las 35 que le correspondían, el alférez se negó a entregarle su parte. 28
El contrato económico anterior muestra la superficie del tipo de relación que estos representantes llegaban a tener con los hacendados españoles. Los indios chinos libres producían vino de cocos para los españoles hacendados, quienes lo distribuían y comercializaban en Colima y otros lugares de la Nueva España. Existían contratos laborales mediante los cuales se establecía la cantidad de pesos que los hacendados debían pagar a los indios “vinateros”, como también se les llamaba, y la cantidad de vino que éstos debían producir.
El compromiso estipulaba además que los indios chinos no debían ausentarse de las haciendas de palmas de beneficio bajo ningún motivo hasta haber entregado la cantidad de vino estipulada en los contratos. Cuando los indios chinos se ausentaban temporalmente o huían de sus amos españoles, los primeros debían cubrir el gasto de su localización, a razón de dos pesos de oro de minas por cada día de su búsqueda. Tampoco podían vender vino de cocos a ninguna otra persona que no fuera quien los había contratado. Un ejemplo de estos contratos es el establecido entre el filipino Juan Bautista de Pantao y el español Pedro de Saavedra, vecino del valle de Alima (Michoacán), por la cantidad de 84 pesos.29
Ahora bien, en los contratos también existía la modalidad de pago en especie, es decir que algunos indios vinateros producían cierta cantidad de aguardiente para los hacendados, quienes les pagaban con un porcentaje de las botijas de vino extraído. Finalmente, el incumplimiento de un contrato podía llevar a la cárcel a los indios chinos, o bien hacerlos caer en la servidumbre perpetua en las haciendas de sus amos. Un ejemplo de ello es el del indio chino Sebastián Tumbaga, quien se había comprometido a pagar “ciento y tantos pesos” en aguardiente al vecino colimense Luis González, pero incumplió su contrato y Luis González exigió ante las autoridades colimenses el pago del vino o la prisión del asiático.30
El alcalde de 1932
La segunda noticia de un alcalde de chinos en Colima data de 1632, cuando los indios chinos se presentaron ante el alcalde mayor para que éste confirmara a su representante electo, “según el uso y costumbre que entre nosotros [los indios chinos] corre de nombrar un alcalde ordinario entre nos para que acuda a las diligencias y servicios de Su Majestad y cobranza de tributo”.31 En esa ocasión, los asiáticos eligieron a Luis Ortiz, ya que lo consideraban una persona “segura” y estaba casado. Como puede observarse, los asiáticos enfatizaron el estado civil del alcalde electo, ya que también en las elecciones de las autoridades españolas se prefería a los hombres casados.
Los indios chinos mencionaron que su representante Luis Ortiz se encargaría de la cobranza de tributos. Esta práctica, la recolección de tributos de ciertos grupos mediante un representante de la misma etnia, no era del todo desconocida en la época colonial. Charles Gibson observó cómo en los siglos XVI y XVII algunos gobiernos indígenas en la ciudad de México, como los mixtecas, los zapotecas, los tarascos, los chichimecas y “la nación Meztitlán”, tuvieron su propio alguacil para la recaudación de tributos.32
¿Cuál era la estrategia que seguía el alcalde de los chinos para la cobranza de tributos? Es necesario mencionar que la comunidad asiática en Colima estaba dispersa entre las diferentes haciendas de palmas, por lo que el área de competencia del alcalde de chinos no estaría circunscrita a un espacio geográfico específico, como ocurría con otras demarcaciones jurisdiccionales que funcionaban con una delimitación basada en cierta cantidad de leguas a la redonda.
El alcalde de 1636
La tercera referencia al alcalde de chinos en Colima corresponde a 1636 y, aunque aporta escasísima información, toca un tema fundamental: las atribuciones judiciales del alcalde de chinos. Es difícil establecer el desempeño que tuvieron estos representantes asiáticos como jueces; sin embargo, un proceso judicial en que participó Bartolomé Vázquez, alcalde de los chinos, puede arrojar luz a este tema.
Bartolomé Vázquez era criado de una hacienda de palmas en Colima. En una ocasión se percató de que un indio “borracho y furioso” propinaba una paliza a su mujer, de lo que resultó escándalo y alboroto entre los residentes de la hacienda. Vázquez intervino en el pleito y, al intentar detener las agresiones del indio, éste lo hirió. Cuando Bartolomé Vázquez era interrogado por el alcalde mayor, declaró que intervino “por ser alcalde” y porque el indio quería quemar la casa del dueño de la hacienda.33
Bartolomé Vázquez manifestó sus motivos para impartir justicia, y aunque no se cuenta con mayores datos para extraer interpretaciones sólidas al respecto, es probable que el alcalde de los chinos haya fungido como una autoridad con potestad judicial dentro de las haciendas, impartiendo justicia no sólo a los asiáticos sino también a otras castas, siempre y cuando el momento ameritara su intervención.
El alcalde de 1642
Por fortuna, la última noticia que se tiene sobre el alcalde de chinos en Colima, del año 1642, es la más completa y engloba lo que se ha dicho en los casos anteriores, en una época en que la producción del vino de cocos estaba en su máximo apogeo. Se trata de un documento que detalla la elección del “alcalde de los chinos, mulatos e indios laboríos”, avalada por el alcalde mayor de Colima, el capitán Cristóbal de Lugo y Montalvo (ver cuadro 1).
Conviene destacar cinco aspectos. En primer lugar, la votación se realizó el primer día de enero, como ocurría con los cabildos de españoles y de las repúblicas de indios. Los candidatos a puestos de elección, además de contender por el de alcalde de chinos, también lo hacían por uno de regidor y otro de alguacil.
En segundo lugar, el documento muestra que se entregó una vara de justicia al representante electo, Gaspar Hernández, y con ello se confirma la tesis anterior de que al alcalde de chinos no sólo correspondía la recaudación tributaria, sino que además gozaba de potestad judicial.
En tercer lugar, el papel que desempeñó el alcalde mayor como instancia legitimadora de la elección revela el carácter oficial del cargo de alcalde de los chinos.
En cuarto lugar, se observa que hubo tres candidatos al cargo de elección del alcalde de chinos: Gaspar Hernández, Agustín Pérez y Nicolás Mananquel. De ellos sólo pude comprobar la etnia de Nicolás Mananquel, quien era indio chino, por lo que existe la posibilidad de que los otros dos contrincantes pertenecieran a otro grupo étnico. Nicolás Mananquel era propietario de una hacienda de palmas, andaba a caballo, tenía cria-
dos34 y había registrado su propio hierro para marcar bestias mulares y caballares.35 Cabe aclarar que, además de Mananquel, había otros indios chinos que eran propietarios de haciendas de palmas.36 Es probable que la candidatura de Mananquel se debiera, por su posición económica, a su mayor capacidad de negociación con los españoles.
En quinto lugar, la elección de 1642 establecía la representación de un alcalde para “chinos y mulatos e indios laboríos”. Es la única alusión que se localizó para un representante de tres etnias distintas y llama la atención que proceda de un periodo en que el vino de cocos estaba en su máximo apogeo. ¿Acaso la demanda de mano de obra en las haciendas de palmas propició que tanto mulatos como indios naborías se incorporaran a la fabricación del vino de cocos, labor durante mucho tiempo exclusiva de la comunidad asiática? ¿Fue la producción del vino de cocos un factor determinante en la representatividad de estas etnias?37
Cabe señalar que, en Hispanoamérica, existieron “alcaldes de oficio” para algunos gremios. En la ciudad de México y en la de Quito hubo alcaldes de sastres, mientras que en esta última también los hubo de zapateros. Constantino Bayle señala que estos alcaldes de oficio “se consideraban personeros del gremio” al que pertenecían, y a nombre de él “solicitaban sus conveniencias y aspiraciones”.38
Para mediados del siglo XVII, la presencia de indios naborías en las haciendas de palmas de Colima era una realidad. Muchos de ellos subían hasta lo más alto de las palmeras para extraer la tuba apoyándose en pequeñas hendiduras que se hacían a los costados del tallo de las palmas, a manera de escalones. Las precauciones al trepar a las palmeras eran mínimas, lo que causaba continuos accidentes laborales.
En una ocasión, un indio cayó de una palma y murió “sin confesión ni poder recibir juramento”.39 Se llamaba Francisco Vázquez y era criado de Blas de Mesina, a quien beneficiaba con vino de cocos. Otro indio del pueblo de Comala murió al caer también de una palma, aunque este incidente se atribuyó al estado de embriaguez en que se encontraba antes de subir.40
Las haciendas de palmas de beneficio constituyeron, pues, espacios multiculturales donde convivían diferentes etnias en torno a una misma actividad económica como era la producción del vino de cocos. En Colima los indios chinos tenían la misma categoría jurídica que otros grupos étnicos, y ello se puede constatar en las ordenanzas. Por citar un ejemplo, el alcalde mayor de Colima determinó en 1640 que “todos los cualesquier negros y mulatos libres, chinos e indios laboríos que sirven a españoles y andan sueltos fuera de los pueblos”41 se presentaran a pagar los reales tributos de Su Majestad, so pena de diez días de cárcel y seis pesos de oro común.
En este mismo sentido Jonathan Israel sostiene que “con todo y que ante la ley los orientales eran ‘indios’, en la práctica generalmente se les consideraba iguales a los negros, los mulatos y los mestizos, máxime en las ciudades”.42 Algunas cédulas reales demuestra esta actitud, como la prohibición de que “los negros, mulatos, chinos y zambaigos pudiesen traer ningún género de armas ofensivas ni defensivas”,43 o bien el impedimento para que “mestizos, negros, chinos y mulatos” pudiesen caminar por las noches en número mayor de tres y, durante el día, cuatro.44
Dos experiencias compartidas
Sorprende la similitud de los mecanismos de elección de alcaldes nativos que existía entre la sociedad colonial filipina y la de Colima.45 Sinibaldo de Mas y Sanz, en su Informe sobre el estado de las Islas Filipinas en 1842, mencionó que diversas provincias se organizaron en torno a la representación de un líder llamado “gobernadorcillo”, a partir de la colonización hispánica. Este gobernadorcillo ejercía las tareas de juez en unidades de palmas y sementeras.46
Los mecanismos de elección eran los siguientes: en primer lugar, se conformaba una terna de candidatos,74 tarea que corría a cargo de los cabezas de barangay.48 En segundo lugar, se elegían otros cargos como teniente y alguacil, y las votaciones se hacían cada primero de enero, en las casas reales o en los tribunales de los pueblos. Los resultados de la votación, desde luego, estaban sujetos a la confirmación del gobierno superior español.
La descripción de Sinibaldo de Mas y Sanz sobre las elecciones de gobernadorcillo en Filipinas evoca, inevitablemente, la elección del alcalde de los chinos de Colima en 1642. En ambos casos la votación se llevó a cabo a principios de año, además de que había tres candidatos para el oficio de juez, más un alguacil, y la votación también debía ser confirmada por una autoridad española.
¿Acaso los indios chinos trasladaron su experiencia de representación de gobernadorcillo a la provincia de Colima? Es muy probable que sí, pero también se debe tomar en cuenta que en la Nueva España existían otras experiencias de representación similar, aunque con otros grupos étnicos, y que dichas experiencias se pudieron adoptar para el caso de la comunidad asiática en Colima. En la Nueva España algunas comunidades de cimarrones tuvieron sus propios representantes, quienes defendieron sus intereses frente a las presiones de las autoridades.49
Consideraciones finales
Es momento de regresar a la pregunta que establecí al inicio de este texto: ¿por qué fue en Colima donde surgió la figura del alcalde de chinos y no en otros lugares de la Nueva España con importante presencia filipina? Mi hipótesis es que las haciendas de palmas de beneficio fueron espacios medulares de cohesión social y económica que permitieron agrupar al indio chino en torno a un mismo oficio de vinatero.
Si bien en la ciudad de México y en Acapulco hubo una cantidad considerable de asiáticos, su situación socioeconómica debió ser mucho más heterogénea que en el caso de Colima. Con esto no quiero decir que los indios chinos residentes en otras partes de la Nueva España no hayan formado parte de organizaciones; por el contrario, los asiáticos participaron activamente como miembros de gremios y cofradías.50 Sin embargo, el caso de Colima fue singular porque la mayoría de los indios chinos se incorporó a la fabricación del vino de cocos en las haciendas de palmas.
Existe un dato interesante que proviene de las cercanías del puerto de Acapulco hacia finales del siglo XVII. Un pueblo de indios llamado Santiago Huiztoco, en la jurisdicción de Iguala, tuvo como gobernador durante tres años al indio chino Pedro Vázquez. Un día, los indios del lugar lo denunciaron porque cometía “muchas y considerables vejaciones a los naturales”.51 Sólo entonces se supo que el gobernador de Santiago Huiztoco no era un “natural legítimo”, es decir, era “persona prohibida” para ocupar dicho cargo. Según los habitantes del pueblo, don Pedro Vázquez llegó a ser gobernador gracias al valimiento que tenía con las autoridades españolas.
Lo anterior demuestra que en Acapulco, un lugar con abundante población asiática (recuérdese que Acapulco era el destino final del galeón de Manila), también se abrieron oportunidades a los indios chinos, aunque de una manera distinta a la que se desarrolló en Colima. Hacia mediados del siglo XVIII, la Corona permitió la incorporación de la población asiática acapulqueña a las compañías milicianas, por lo que en 1762 la ciudad de Acapulco otorgaba títulos de “capitán de chinos” y “alférez de chinos” como parte de la organización militar en la Mar del Sur.52
Estos nombramientos, cuyos títulos eran los grados de capitán y alférez de la “Compañía miliciana de chinos del puerto de San Diego de Acapulco”, eran propuestos al virrey en turno, conjuntamente con la representación de otras compañías de pardos, mulatos, negros y lanceros, de caballería e infantería.53 Sin embargo, los documentos no especifican si quienes detentaban los oficios de capitán y alférez de chinos eran, efectivamente, de origen asiático, o si eran españoles quienes los obtenían. Sea como fuere, la reflexión general que se puede extraer de este texto es la flexibilidad del gobierno de la monarquía hispánica para adaptarse a las circunstancias socioculturales de cada región.
Finalmente, una de las tareas que quedan pendientes en los estudios sobre migración asiática a la Nueva España es la explicación a su declive a partir del siglo XVIII. Aun cuando para ese periodo existían numerosos indios chinos en Acapulco, lo cierto es que las referencias a los asiáticos de Colima son verdaderamente escasas después del año de 1700. ¿A qué se debió? Una pista la ofrece Déborah Oropeza, quien sostiene que en 1670 se prohibió de manera oficial la esclavitud de los indios chinos, lo que puso fin a la ambigüedad que por mucho tiempo los caracterizó, y que seguramente esto repercutió en su ingreso al territorio novohispano.54 Asimismo, Carmen Yuste argumenta que el puente comercial que se tendió entre España y las Filipinas a mediados del sigloXVIII alteró la regularidad de la nao de China en su carrera anual a la Nueva España.55
Esta situación coincidió con un notable declive en la producción del vino de cocos en la provincia de Colima, pues hacia finales del siglo XVII los asentistas del pulque de la ciudad de México presionaron para que los tratantes de vino de cocos de Colima pagaran el mismo impuesto que los pulqueros al ingresar a la capital del virreinato.56 A esto se sumó que en 1724 el virrey Juan de Acuña, marqués de Casafuerte, emitió una orden para combatir los “vinos de la tierra”, y estableció “que ninguna persona, sea de la jerarquía, dignidad, y elevación que fuere, aunque sea caballero, militar, noble o plebeyo, español, indio, mulato, negro, mestizo, lobo, o coyote […] pueda inventar, fabricar, ni introducir” bebidas de la tierra.57 La situación adversa propició el declive en la producción del vino de cocos, de manera que a finales del siglo XVIII se hablaba ya escasamente de este producto.
Álvaro de Mendaña marcó el principio de una historia llena de complicidades entre Colima y el sudeste asiático. En algunos momentos del siglo XVII, cuando los indios chinos llegaban a Colima y observaban los paisajes costeros de abundantes palmares, con casas de palapa, con clima húmedo tropical y con diversos objetos de porcelana y artesanía china que adornaban las casas de los españoles, se debieron sentir en un ambiente familiar, tal como si Colima fuera una extensión de las islas Filipinas.
Siglas y referencias
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Notas:
1 Oropeza Keresey, “Los ‘indios chinos’”.
2 Sevilla del Río, Provança, p. 68.
3 Romero de Solís, Conquistas e instituciones, pp. 140-151.
4 En la relación de Documentos varios relativos a Nueva España se describe cómo en el puerto de Colima desembarcaba el gentilhombre del galeón de Filipinas para dar aviso al virrey sobre el estado de la embarcación, “y con más propiedad diré que un mercader cargado de todos los géneros sin pagar derecho alguno a su majestad los cuales venden en el camino hasta llegar a México por hacer su viaje con la lentitud que a este fin conviene”, véase rah, Documentos varios relativos a Nueva España, N. 798, f. 373 v.
5 Solórzano Béjar, Colima.
6 Fuchigami, “Indios chinos”, p. 8.
7 Oropeza Keresey, “Los ‘indios chinos’”.
8 Don Diego Calderón y Serrano informaba al Consejo de Indias en 1678 que aunque los “japones” eran descendientes de los chinos o sangleyes, guardaban sus precauciones al emprender negocios con ellos, “pues los admiten al comercio en un sitio señalado y cercado, donde venden y compran y acabada la feria los obligan a volverse todos [a los sangleyes], uno por uno, que para eso les cuentan a la ida y los vuelven a contar a la vuelta no permitiéndoles vivir en sus tierras sabiendo sus malas mañas de traidores, inconstantes, infieles y llenos de mentira, embustes y codicia, a fin que no suceda allá en Japón lo que saben ha sucedido en Filipinas”. ahnm, Inquisición, 5348, exp. 3, ff.
20v-21. Déborah Oropeza sostiene que presumiblemente en el centro del virreinato se tuvo un mayor respeto por los japoneses, quienes incluso fueron llamados por algunos “los españoles de Asia”, pues lograron acceder a importantes esferas de la sociedad novohispana, véase Oropeza Keresey, “Los ‘indios chinos’”, p. 193. Calvo, “Japoneses en Guadalajara”, pp. 533-547.
9 En las islas Filipinas había una clara distinción entre los naturales filipinos y los sangleyes, “que son la nación china”, por lo que don Diego Calderón Serrano expresaba que “la nación de China son llamados sangleyes en estas islas porque al principio que los españoles conquistaron esta tierra viniendo los chinos de sus provincias a ésta para mercadear, como fuesen los españoles a reconocerlos les preguntaron quiénes eran y respondieron “sianglay” que quiere decir mercaderes que venimos, de donde se originó llamarlos sangleies corrompido el idioma chino”. ahnm, Inquisición, 5348, exp. 3, f. 1 v.
10 Dubs y Smith, “Chinese”, pp. 387-389.
11 Los negritos se conocían también con el nombre de aeta o ita, vocablo que significaba negro en tagalo. En su aspecto físico destacaba la tez morena oscura, la estatura baja, el cuerpo robusto y el pelo rizado. Prieto Lucena, “Etnohistoria de Filipinas”, p. 87. En Colima, por ejemplo, hay registros de compraventa de esclavos chinos “algo negros”. Martín Alonso Enríquez compró a Pedro Blanco, vecino de Pátzcuaro, un esclavo llamado Antón en 400 pesos, “de nación chino… y es algo negro [y tiene] las orejas hora- dadas”. ahec/rg, reg. 1834. Juan Gutierre de Monroy vendió en 400 pesos a Jerónimo, “natural de Sibú en los reinos de la China”, aunque se aclara que es “negro”. ahec/rg, reg. 1747.
12 Existía también la acepción de “chino” para nombrar al hijo de una india y un cuarterón, establecida por Nicolás León en su obra Las castas del México colonial o Nueva España, de 1924, aunque Jonathan Israel afirma que este término no es aplicable para el siglo XVII. Israel, Razas, p. 82.
13 Israel, Razas, p. 83.
14 Oropeza Keresey, “Los ‘indios chinos’”, p. 188.
15 Fuchigami, “Indios chinos”, p. 5.
16 El precio de los esclavos asiáticos varió considerablemente en Colima. Además, debe tenerse en cuenta que en ocasiones se trataba de esclavos chinos “negros” o “algo negros”. Por lo tanto, el aspecto físico pudo ser determinante en el costo del esclavo, pero también la habilidad de emplearse en las haciendas de fabricación del vino de cocos. He aquí algunos ejemplos: el capitán Rodrigo de Brizuela compró a Jerónimo Dávalos Vergara, vecino de la ciudad de México, a Juan, “chino, de tierra de la India”, en 450 pesos, “sano de sus miembros sin lo asegurar de otra cosa, tacha ni defecto, como si fuese recién venido al presente de la dicha India”; ahec/ rg, regs. 1744-1745. Asimismo, Martín Alonso Enríquez compró a Pedro Blanco, vecino de Pátzcuaro, a un esclavo llamado Antón en 400 pesos, “de nación chino… y es algo negro [y tiene] las orejas horadadas”; ahec/rg, reg. 1834. Juan Gutierre de Monroy vendió en 400 pesos a Jerónimo, “natural de Sibú en los reinos de la China”, aunque se aclara que es “negro”; ahec/rg, reg. 1747. Otros registros sobre esclavos chinos de menor precio son: Vicente, en 300 pesos; ahec/rg, reg. 1934. Ventura, en 250 pesos; ahec/rg, reg. 2324.
17 Los barberos orientales llegaron a rivalizar fuertemente con los españoles, al grado de que éstos presentaron una petición al virrey en junio de 1635 con el fin de limitar los “excesos e inconvenientes” que representaban para la república. Después de pedir consejo al gobierno de la ciudad, el cabildo determinó que reduciría a doce el número de barberías chinas y que deberían trasladarse a los suburbios para evitar la “injusta” competencia con los barberos españoles en el corazón de la ciudad; Israel, Razas, p. 83. Otras referencias sobre barberos en la ciudad de México, en agn, General de Parte, vol. 8, exp. 66; agn, General de Parte, vol. 14, exp. 50; agn, Indios, vol. 10, exp. 249; agn, Indios, vol. 15, exps. 29 y 86; agn, Reales cédulas, vol. D18, exp. 27.
18 Aunque este hecho causó confusión, pues hay registros donde los “indios chinos” demandaron a las autoridades exentar el pago de alcabalas “por ser tributarios de su Majestad”, como el caso de Antonio de la Cruz y su mujer, en Puebla de los Ángeles, véase agn, Indios, vol. 11, exp. 166; véase también la petición que se hizo en la ciudad de México para que “los chinos que están matriculados con los de este país y pagan sus tributos” no paguen alcabala, véase agn, Indios, vol. 13, exp. 112.
19 AGN, Indios, vol. 11, exp. 166.
20 AGN, Indios, vol. 13, exp. 112.
21 Machuca Chávez, “Del cacao al vino de cocos”.
22 Reyes Garza, La antigua villa, p. 158.
23 Guedea y Castañeda, Las haciendas en Colima, p. 59.
24 De la Madrid Castro, Apuntes históricos, p. 104.
25 Tello, Crónica, p. 381.
26 Santiago Cruz, La nao de China, p. 127.
27 AHMC, caja B-20, exp. 1, pos. 22.
28 AHMC, caja B-8, exp. 27.
29 AHMC, caja B-11, exp. 5.
30 AHMC, caja B-19, exp. 24.
31 Fuchigami, “Indios chinos”, p. 22.
32 Gibson, Los aztecas, p. 401.
33 AHMC, caja B-13, exp. 15. Es interesante destacar que este alcalde era criado de Sebastián Gutiérrez en una hacienda de palmas en el valle de Caxitlán, jurisdicción de Colima.
34 AHMC, caja B-26, exp. 26.
35 AHMC, caja B-23, exp. 1. Sebastián de la Cruz, “indio chino”, también poseía su propia hacienda de palmas en Tecuiciapa, jurisdicción de Colima; ahmc, caja B-26, exp. 26.
36 AHMC, caja B-26, exp. 26.
37 Hacia 1644 había, cuando menos, ochenta y tres propietarios de haciendas de palmas en Colima, en un vecindario que no rebasaba los 150 españoles, véase Machuca Chávez, “Del cacao al vino de cocos”.
38 Bayle, Los cabildos, p. 174.
39 AHMC, caja B-29, exp. 23. Después de la averiguación, el alcalde mayor de Colima, Alonso de Aguilar Cervantes, determinó que como el difunto era vinatero, “cuya ocupación le originó dicha muerte”, Blas de Mesina debía pagar las costas de la averiguación y cuatro pesos para decir misas por el alma del difunto. Blas de Mesina enfureció por la orden del alcalde mayor y se dirigió a las casas reales “con mucho atrevimiento, enojo y poco respeto” y al entrar en la sala de audiencias gritó que “todos tenían indios en sus palmas”, manifestando que él no entendía por qué debía pagar.
40 AHMC, caja B-18, exp. 10. En una ocasión llegó la noticia al alcalde mayor de Colima, Domingo Vela de Grijalva, que un indio llamado Juan Martín había muerto al caer de una palma en el pueblo de Comala y que lo habían enterrado desde hacía dos días sin haber avisado a la justicia. Los testigos declararon que estaba borracho y que ésa pudo haber sido la causa de su caída.
41 AHMC, caja B-19, exp. 32.
42 Israel, Razas, p. 84.
43 Cuando llegó esta notificación a Colima, el alcalde mayor ordenó que se difundiera en la plaza pública, y añadió que “ningún mulato, chino ni zambaigo, libre o esclavo, pueda traer ni traigan espada, daga ni cuchillo…so pena de doscientos azotes y cortadas las orejas y de cincuenta pesos porque será vendido en un obraje”; ahmc, caja B-29, exp.
1. Estas prohibiciones alcanzaron a poblaciones como Veracruz, véase agn, Tierras, vol. 298, exp. 111.
44 AGN, Reales cédulas, vol. D15, exp. 178.
45 Hay escasas referencias sobre los órganos representativos de los chinos o sangleyes dentro de las Filipinas. El gobernador de las Filipinas en 1628, Juan Niño de Távora, argumentaba la dificultad y confusión de juzgar a los sangleyes ante las instancias españolas, o bien “conforme a sus usanzas”. Niño de Távora menciona que había un gobernador de los chinos o sangleyes, “que es una persona que se nombra para que gobierne a su modo y los pleitos que se hacen ante él son en caracteres chinos y a su usanza”. agi, Filipinas, 8, R.1, N. 3, f. 2.
46 Mas y Sanz, Informe, f. 267.
47 Hacia finales del siglo XVIII se intentó cambiar el nombre de “gobernadorcillo” por el de “alcalde” a los ministros de justicia en los pueblos de las islas Filipinas, pero se apeló a la “inmemorial costumbre” y no hubo modificaciones. agi, Filipinas, 337, L. 20, ff. 254-255 v.
48 Funcionaban a manera de caciques en los pueblos de indios de las Filipinas. Álvarez, “Los señores”, pp. 355-406.
49 Landers y Robinson, Slaves.
50 Oropeza Keresey, “Los ‘indios chinos’”.
51 AGN, Indios, vol. 32, exp. 350, ff. 306 v.-307.
52 En 1762, por ejemplo, se nombró a Manuel de Jesús como capitán de chinos de la ciudad de Acapulco, y en el mismo año Pedro de Alcántara fungió como alférez de chinos en esa ciudad. agn, General de Parte, vol. 47, exp. 19-20.
53 Aunque no siempre se especifica la etnia de procedencia del capitán o del alférez de chinos, en 1763 se nombró al castellano José Paco como capitán de la compañía de chinos, “atendiendo a que en la persona de José Paco concurren las partes, calidades y circunstancias que se requieren y son necesarias para el desempeño de esta ocupación”. Véase agn, General de Parte, vol. 47, exp. 143, f. 78 y agn, General de Parte, vol.
47, exp. 144, ff. 78-78 v.
54 Oropeza, “Los ‘indios chinos’”, p. 194.
55 Oropeza, “Los ‘indios chinos’”, p. 194.
56 Guedea y Castañeda, Las haciendas en Colima, p. 68.
57 Sevilla del Río, Provança, pp. 105-108.