Cuando Hidalgo se erigió como estado en 1869, algunos pueblos que conformaban el Valle del Mezquital - ubicados en su mayoría dentro de este estado - aspiraron a cambiar de jurisdicción distrital o convertirse en municipios. Para ello, los pueblos del Valle retomaron argumentos históricos y aspiraciones económicas y de gobierno. Este artículo analiza, por un lado, la reestructuración territorial en el Valle y, por el otro, los discursos y referentes ideológicos esgrimidos por estas poblaciones. Los anhelos de cambio analizados aquí son entendidos dentro del modelo político liberal de la República Restaurada, que promovía políticas para favorecer el crecimiento económico y el bienestar. Así, se explica cómo los pueblos del Valle de Mezquital se vincularon con el territorio y sus recursos, las aspiraciones que tenían, y sus relaciones con los actores políticos. El artículo argumenta que los pueblos buscaban de esta manera las condiciones adecuadas para autogestionar la explotación de sus recursos y alcanzar el anhelado progreso económico y social. Se postula además que algunos de estos pueblos aspiraron a la condición municipal para convertirse en representantes legítimos de todos sus derechos y garantes de sus propios recursos.
When Hidalgo became a state in 1869, some towns in Valle del Mezquital - most of which were located within this state - aspired to change their district jurisdiction or become municipalities. To do this, the towns of Valle adopted specific historical arguments and economic and government aspirations. I analyze, on one hand, the territorial restructuring in Valle and, on the other, the discourses and ideological references used by these populations. The yearnings for change analyzed here are understood within the liberal political model of the Restored Republic, which promoted policies to favor economic growth and well-being. Thus, the article explains how the towns of Valle del Mezquital were linked to the territory and its resources, the aspirations they had, and their relationships with political actors. I argue that the towns sought in this way the appropriate conditions to self-manage the exploitation of their resources and achieve the desired economic and social progress. I also claim that some of these towns aspired to municipal status in order to become legitimate representatives of all their rights and guarantors of their own resources.
- distancia;
- Hidalgo;
- municipio;
- prosperidad;
- administración territorial;
- Valle del Mezquital.
- distance;
- Hidalgo;
- Mezquital Valley;
- municipality;
- prosperity;
- territorial administration.
Introducción: territorio y distancia
El 15 de enero de 1869, el Congreso de la Unión aprobó la erección del estado de Hidalgo. Como un estado más de la República Mexicana, comenzó a organizar su gobierno y territorio. En esta dinámica se dio a la tarea de redactar su constitución y demás reglamentos para su funcionamiento político y la reorganización de su territorio. Este último aspecto es el que se explora en este artículo. En un principio el estado quedó dividido en 11 distritos conformados por municipios y estos por pueblos, ranchos y haciendas; sin embargo, al poco tiempo, los municipios solicitaron cambiar de distrito, y los pueblos aspiraron a constituirse como municipios o cambiarse de jurisdicción. Fue claro que la conformación del nuevo estado se convirtió en un momento coyuntural, donde los pueblos se manifestaron para dar cuenta de su historia, tradiciones, intereses y aspiraciones, todas vinculadas con el territorio.
El espacio estudiado es el Valle del Mezquital, que abarca la región del noroeste del estado de Hidalgo. En un principio, estaba conformado por los distritos de Actopan con 6 municipios, Huichapan con 4, Ixmiquilpan con 4 y Tula con 8. Sin embargo, esta conformación territorial no fue aceptada por los pueblos y comenzaron inmediatamente a manifestar sus intereses y aspiraciones por constituirse como municipios o cambiar de jurisdicción, para ello hicieron uso de las tradiciones, los vínculos comerciales y las aspiraciones. En esta investigación no solo se estudiarán las modificaciones del mapa de esta región sino, además, los discursos bajo los que se realizaron y sus referentes ideológicos. Es así como interesa conocer y analizar cuáles fueron los criterios que se tomaron en cuenta en la reorganización de los distritos y municipios que conformaban el Valle del Mezquital entre los años de 1869 a 1874, que corresponde a las tres primeras legislaturas, en las cuales se concentraron la mayoría de los cambios territoriales.
Antes de continuar, es conveniente precisar el concepto de territorio como: “un espacio social limitado, ocupado por distintos grupos sociales como consecuencia de la puesta en práctica de su territorialidad o del campo de poder sobre un espacio ejercido por las instituciones dominantes” (Gregory, Smith y Johnston, 2000, p. 562). Como tal, el territorio tiene las siguientes características: a) es localizado y, como tal, tiene características naturales específicas; b) se basa en un proceso de apropiación que permite la construcción de una identidad a su alrededor; c) es producto de la actividad humana porque existen procesos de transformación del espacio apropiado por parte del hombre; d) es dinámico porque existe un proceso de construcción de un territorio, y e) su definición es relativa a un grupo social, puede existir superposición de territorios de varios grupos sociales (Mazurek, 2009; Vargas, 2012). Desde estos elementos, se estudia el Valle del Mezquital como la superposición de varios territorios constituidos por distintos grupos sociales con sus propios intereses sobre el territorio y, con ello, distintas formas de apropiárselo y explotar sus recursos. Esta forma de acercarse a dicha región permite comprender los distintos argumentos que se dieron en el momento coyuntural, al crearse el estado de Hidalgo, y su reorganización, donde los pueblos dieron cuenta de la forma en que se vinculaban con su territorio. Con estos argumentos, el territorio se convierte en un espacio de negociación entre la población y sus agentes políticos-sociales, ya que reorganizarse implicaba un reajuste en las esferas políticas locales.
Entre los argumentos que presentaron los pueblos recurrentemente estuvo la cuestión de la distancia. Los pueblos señalaban que el trayecto a la cabecera del partido era extenso y, por ende, generaban demoras en los asuntos de gobierno y del bien común. El elemento distancia se retoma como elemento de análisis, ya que desde los referentes que se le asociaron permite observar las dinámicas entre una población y los agentes políticos y sociales. Los referentes que estuvieron presentes con la idea de la distancia fueron, principalmente, gobernabilidad y prosperidad y, en menor medida, la justicia. En relación con el primer referente se recupera a partir de las propuestas de la economía política que se desarrollaron en el siglo XVIII, que en su momento era entendida como la ciencia encargada de promover los medios para la prosperidad pública, y posteriormente estuvieron presentes en el liberalismo. Desde el siglo XVIII, los gobiernos recuperaron la economía política como “la indagación de las fuentes de la pública prosperidad y la de los medios de franquear y difundir sus benéficos raudales” (Portillo, 2007). Desde estos postulados, la legislación debía procurar la felicidad de los individuos que componían las sociedades. Esto dependía de que se antepusiera un principio moral sobre los intereses particulares, se consideraría la utilidad y se dejaría expedito los mecanismos para lograr los fines. Posteriormente, en el México independiente, estas ideas eran parte de la gobernabilidad, y se encontraban dentro de los argumentos que utilizaron los legisladores para la reorganización de los gobiernos en sus diferentes escalas. Estas ideas resaltaban la cuestión de mejorar el desarrollo económico e industrial y, además, que las autoridades locales tuvieran la capacidad de lograrlo. En este punto, dentro de los elementos para alcanzar la prosperidad pública estaba la educación primaria, que se convirtió en un elemento recurrente de los pueblos para solicitar el cambio de jurisdicción. En cuanto al referente de la administración de la justicia, fue el parámetro bajo el cual se organizó el territorio de la Nueva España y que en cierta forma continuó vigente después de la independencia. En aquel momento, la concepción del territorio se vinculó a la jurisdicción, que se entendía con la idea de mantener la paz y dar a cada uno lo suyo; es decir, hacer justicia. La jurisdicción era planteada como una propiedad inherente a cada comunidad política que se encontraba adherida a su territorio.
A la par que las autoridades estatales comenzaron a reorganizar el territorio, los pueblos - ya fueran los vecinos como las autoridades locales - mandaron representaciones para permanecer o mantenerse dentro de una jurisdicción. Estas fuentes permiten identificar elementos de identidad o pertenencia al territorio, así como sus aspiraciones. De esta manera, este trabajo analiza los criterios que utilizaron las autoridades para la delimitación y organización del territorio. Pero no solamente se verá la visión de las autoridades regionales sobre el territorio, sino cómo las locales concibieron este.
Reorganización territorial en el Valle del Mezquital
El Valle del Mezquital es parte del actual estado de Hidalgo, así que antes se revisará cómo se fue organizando. La región que comprende el actual estado de Hidalgo durante el periodo colonial estuvo divida en 12 alcaldías mayores: Actopan, Apan, Zempoala, Zimapan, Huejutla, Ixmiquilpan-Tetepango, Metztitlan-Zacualtipan, Pachuca, Xochicoatlan-Yahualica, Tula, Tulancingo y Huichapan - esta última pertenecía a Jilotepec. Para 1786, con las reformas Borbónicas, las alcaldías pasaron a denominarse subdelegaciones; posteriormente, con la organización gaditana se denominaron partidos que pertenecían a la provincia de México. Una vez que México logró su independencia, dicho territorio formó parte del estado de México hasta 1869, durante ese periodo sufrió varias modificaciones, pero para fines de este artículo solo se verán las últimas previas a su conformación como estado. En términos generales, el territorio se organizó en distritos o partidos y estos en municipios1 con el objetivo de “alcanzar una mejor gobernabilidad” (Salinas, 1996, p. 36).
Con el triunfo de los liberales en el poder en 1856, el territorio del actual estado de Hidalgo quedó bajo su control; sin embargo, al poco tiempo, estallaron una serie de protestas campesinas e indígenas contra la orden de desamortización de las antiguas tierras comunales que establecía la Ley Lerdo.2 Esta disposición se convirtió en un instrumento legal para despojar a los campesinos de sus ejidos y tierras comunales que poseían desde el periodo colonial, las cuales pasaron a manos de los grandes terratenientes. Evidentemente, esta medida generó levantamientos de campesinos e indígenas y, como respuesta, represiones gubernamentales. En este contexto comenzaron a sublevarse los pueblos de los alrededores de Tulancingo, Tutotepec y Tenango, que fueron secundados por las poblaciones de Tula, Ixmiquilpan, Huejutla y Metztitlán, hasta que tomaron la ciudad de Pachuca, que fue recuperada por las fuerzas armadas liberales (Terradas, 1980, p. 67).
Para contrarrestar las sublevaciones y evitar nuevas en la región, el gobierno ordenó en 1861 dividir el territorio en 11 distritos: Actopan, Apan, Huascazaloyam, Huejutla, Huichapan, Ixmiquilpan, Pachuca, Tula,3 Tulancingo, Zacualtipan y Zimapán. Sin embargo, esta división territorial no duró mucho tiempo porque, al año siguiente, se reestructuró bajo criterios militares para defenderse de la presencia del ejército francés. De esta manera se creó el segundo distrito militar constituido por: Tula con su partido y los de Ixmiquilpan, Zimapán, Huichapan y Actopan; Pachuca con su partido y los de Apan y Huascazaloyam, y Huejutla con su partido y el de Zacualtipán. La capital de este segundo distrito militar se estableció en Actopan por su ubicación céntrica; no obstante, por la escasez de recursos se vieron imposibilitadas las autoridades juaristas y lo hicieron desde Pachuca (Guerra, 2017, p. 228). Ante el triunfo del ejército francés y de los conservadores, Benito Juárez estableció un gobierno itinerante y, en 1864, reestructuró el segundo distrito militar de 1862 para resistir al ejército francés y controlar los puntos conservadores, organizado en 14 distritos con 64 municipios (Tabla 1).
Distrito | Municipalidad |
---|---|
Actopan | Actopan |
Mixquiahuala | |
Ixcuincuitlapilco | |
Apan | Apan |
Tepeapulco | |
Tlanalapa | |
Atotonilco | Atotonilco |
Huasca | |
Omitlán | |
Huejutla | Huejutla |
Huatla | |
Yahualica | |
Huichapan | Huichapanb |
Texozautla | |
Nopala | |
Champantongo | |
Taxquillo | |
Ixmiquilpan | Ixmiquilpan |
Cardonal | |
Alfajayucan | |
Chicuautla | |
Pachuca | Pachuca |
Mineral del Monte | |
El Chico | |
Tizayuca | |
Zempoala | |
Tula | Tula |
Tlaxcoapan | |
Atitalaquia | |
Tepeji del Río | |
Tetepango | |
Tulancingo | Tulancingo |
Acaxochitlán | |
Zacualtipán | Molango |
Santa Ana Tlanguistengo | |
Metztitlán | |
Zimapán | Zimapán |
Jacala |
Nota: Este incluía, además, los distritos de Otumba, Texcoco y Zumpango, que no formarían parte del nuevo estado de Hidalgo y, por lo tanto, no se desglosan. Fuente: Guerra (2017, p. 259).
La llegada de Maximiliano de Habsburgo a México - y la instauración del Segundo Imperio - implicó, en 1867, una nueva organización del territorio en 50 departamentos que se conformaban por distritos y estos por municipios. El proyecto estuvo bajo la dirección de Manuel Orozco y Berra, y consideró las condiciones geográficas, vías de comunicación y elementos de producción económica. En el caso de nuestro espacio de estudio, se dividió en dos departamentos Tula y Tulancingo. Durante el gobierno del Segundo Imperio mexicano existieron dos organizaciones territoriales simultáneas, la establecida por Maximiliano de Habsburgo y la del gobierno itinerante de Juárez que planteó en 1864.
Con el triunfo del gobierno de Benito Juárez frente al Segundo Imperio, se dio inicio al periodo de la restauración.4 El 16 de enero 1869, el Congreso de la Unión decretó formal y definitivamente el establecimiento del estado de Hidalgo, conformado por 11 distritos: Actopan, Apan, Huascazaloyam, Huejutla, Huichapan, Pachuca, Tula, Tulancingo, Ixmiquilpan, Zacualtipan y Zimapan, los cuales se conformaban por municipios y estos por pueblos, ranchos, barrios y haciendas (Figura 1).
En relación con la región del Valle del Mezquital, se ubica en el occidente del estado de Hidalgo y se caracterizaba por tener una población mayoritariamente otomí. Cuenta con un clima semidesértico con escasa precipitación, por lo que su territorio era propicio para el pastoreo y la siembra de temporal. En la parte oriental del Valle se establecieron grandes haciendas pulqueras, que fueron extendiéndose hacia las tierras de los pueblos, lo que generó una serie de conflictos entre pueblos y haciendas desde el periodo colonial hasta finales del siglo XIX. Su principal riqueza estaba en el subsuelo con los yacimientos mineros que se ubicaban en la parte centro-norte,5 lo que, a su vez, favoreció la arriería y el desarrollo de un circuito comercial (Moreno, Garret y Fierro, 2006, pp. 7-13). En un principio se organizó en cuatro distritos: Actopan, Huichapan, Ixmiquilpan, y Tula. Actopan se formó por los municipios del Arenal, Ixcuinquitlapilco, Mixquiahuala, San Salvador, Santiago Tlachichilco y su cabecera Actopan. Por su parte, Huichapan estaba constituido por Chapantongo, Nopala, Tecozautla y su cabecera Huichapan. Ixmiquilpan se estableció con Alfajayucan, Cardonal, Chilcuautla y su cabecera Ixmiquilpan. Por último, Tula se conformó Atitalaquia, Atotonilco, Tepetitlán, Tepeji del Río, Tetepango, Tezontepec, Tlaxcoapan y su cabecera Tula. A continuación, se enlistan los cambios que se realizaron por cada distrito, así como los solicitados por los pueblos y no fueron aprobados por el congreso estatal.
En el distrito de Actopan, en septiembre de 1870, se propusieron formar dos municipios: Tepatepec y Yolotepec. El primero estaría conformado por los pueblos de Tepatepec, San Juan Tepa y San Miguel Acambay, los dos primeros eran parte del municipio de Mixquiahuala y el tercero de San Salvador. En cuanto al proyecto del municipio de Yolotepec, se constituiría por los pueblos de Xuchitlán, Capulín, Ocosa y Gaxido, todos de la municipalidad de Santiago Tlachichilco. A final de cuentas, el proyecto de los dos nuevos municipios no fue aprobado por la comisión de división del territorio del Congreso estatal. Además, en septiembre de 1870, el pueblo de Tepeitic de la municipalidad de Mixquiahuala pidió no pertenecer al proyecto del nuevo municipio de Texcatepec.6
En el distrito de Ixmiquilpan, en febrero de 1870, por decreto número 30, se segregaron varios pueblos para formar el municipio de Bonanza que sería parte del distrito de Zimapán, estos fueron: Santa María Tepeji, Itatlaxco y Bonanza. En esas mismas fechas, el pueblo de Texcatepec, perteneciente al municipio de Chilcuautla, aspiró erigirse como municipio junto con el pueblo de Tuní; no fue aprobado por el Congreso porque no cumplía con el requisito del mínimo de población. En agosto de 1873, el municipio de Mixquiahuala solicitó extender su jurisdicción hasta el pueblo de Xuchitlán, que pertenecía a Chilcuautla, empero el Congreso no consideró oportuna la solicitud.
En el distrito de Tula, el pueblo de Xitri, del municipio de Atitalaquia, gestionó segregarse de este y anexarse a Tetepango, lo cual no fue aprobado. El pueblo de San Francisco Tlahuelilpan, junto con Atengo, solicitó constituirse como municipio, pero sus anexos se negaron a formar parte de este y no procedió la petición.
Generalmente, los pueblos se vieron motivados a gestionar la creación de los ayuntamientos o cambio de jurisdicción territorial porque las autoridades que tenían no les proporcionaban los recursos públicos necesarios para la prosperidad y desarrollo de sus intereses, así que buscaban nuevos horizontes que mejoraran su situación. Pueden considerarse estas solicitudes como un mecanismo para cuestionar a sus representantes y enfrentar sus condiciones en espera de recibir una mejor atención a sus demandas.
Las primeras tres legislaturas estatales fueron las encargadas de recibir estas solicitudes de los pueblos; de igual manera, los propios legisladores reconocieron la necesidad “indispensable [de] corregir la viciosa división territorial que hoy existe”.7 El proceso iniciaba por los vecinos y/o autoridades locales que enviaban la solicitud al jefe político del distrito, el cual anexaba un informe sobre el censo de población, las contribuciones, cuentas de egresos e ingresos, entre otros documentos que dieran certeza de que podrían ser autosuficientes para administrarse; posteriormente turnaba el expediente a las autoridades estatales. De igual manera, se solicitaba el parecer de los pueblos involucrados para mantener la estabilidad social y política entre los integrantes de los municipios. Aquí es de resaltar el papel de los jefes políticos en el distrito, ya que eran encargados de la seguridad, hacienda pública de los municipios y contaban con poderes jurisdiccionales para resolver litigios de tierras y juzgar a los criminales, sobre todo cuando ponían en riesgo la seguridad pública (Salinas, 1996, p. 38). Una vez que el Congreso recibía la solicitud la turnaba a la comisión de división territorial, la cual la regresaba con una propuesta para que fuera discutida en sesiones. ¿En qué se fundamentaban las decisiones del Congreso para aprobar o rechazar la solicitud? Estaban en función de que los cambios permitieran mejorar la administración y la conservación del orden público.
El ser municipio
Para comprender estas solicitudes es conveniente conocer la concepción y el lugar estratégico que tenía el municipio. Antonio Annino señala que los pueblos, constituidos en ayuntamientos con la constitución gaditana, contaron con jurisdicción territorial para su autogobierno y se convirtieron en fuentes de los derechos político y fundamento de la representación política (1995, pp. 55-56). En términos generales, los ayuntamientos se ubicaron como sujetos políticos y representantes territoriales, además, de que asumieron el gobierno de su territorio, sustentado en el reclamo de soberanía. Este papel fundamental que tuvieron los ayuntamientos en el engranaje de la construcción de la nación y conformación del sistema de gobierno republicano estuvo evidente en la Constitución de 1857, con la peculiaridad que se les reconocieron como entidades emanadas de la soberanía popular que se reforzaba en la elección popular y directa de los cabildos.8 El municipio, en su funcionalidad, continuo siendo la base de la organización del Estado; sin embargo, sí se presentó cambio en su concepción tradicional porque dejó de ser una corporación de individuos ligados por la vecindad y propietarios de bienes comunes y, en su lugar, pasó a ser concebida como entidad administrativa “obligada en todo caso a convertir en propiedad individual lo que hasta entonces había constituido no sólo su patrimonio sino una de las bases más importantes de su identidad como gobierno de los pueblos” (Merino, 1994, p. 429). Como instancias administrativas continuaron con sus facultades, pero sus fuentes de financiamiento se vieron reducidas con la pérdida de los bienes comunes.
El establecimiento de la República Restaurada priorizó el fortalecimiento del poder Ejecutivo central frente a los caudillos regionales, para ello el municipio jugó un papel estratégico desde dos frentes. Por un lado, se le concedió facultades para organizar en primera instancia las elecciones federales - con ello, legitimar los cargos públicos - y garantizar las contribuciones fiscales impuestas a los pueblos, y por otro, “como punta de lanza para iniciar el difícil proceso de instauración de las ideas liberales” (Merino, 1994, p. 427) a través de la educación y, con ello, promover un cambio de conciencia ideológica y cívica.
El nuevo Estado, al momento de elaborar su constitución estatal, reconoció que el gobierno municipal, vinculado con el principio de la soberanía popular, estaba “en contacto con el pueblo, porque se acerca más al individuo y porque está destinado á atender más inmediatamente á las necesidades de los pueblos”.9 Desde ese contexto político y administrativo se planteaba establecer al municipio “como uno de los poderes del Estado”,10 donde los miembros del cabildo se establecieran por elección directa y contarán con facultades que garantizaran su independencia de otro. Para que los municipios alcanzaran tales fines, algunos diputados plantearon que se constituyeran como instituciones “libres en su régimen puramente municipal, para que así prosperen las municipalidades, pero sin contravenir en ningún caso á las estipulaciones y relaciones del pacto general”.11 Es decir, autónomos y libres, por lo que proponían que se eliminaran las jefaturas políticas.
La constitución estatal reconoció al municipio como un poder, como se estipuló en el capítulo III del título IV, como la institución de gobierno que tenía el contacto inmediato del pueblo, por lo que debía atender las necesidades de los vecinos en beneficio de la comunidad y establecer las condiciones necesarias para que se gestionara adecuadamente la explotación de los recursos que proporcionaba el territorio y alcanzar su progreso y felicidad.12 Esta lógica fue la que se siguió para indicar las condiciones necesarias para constituir un municipio: “cuando menos cuatro mil habitantes y los recursos suficiente para su existencia, a juicio de la legislatura”.13 Los municipios eran parte de una demarcación territorial más amplia que eran los distritos, que estaban a cargo del jefe político, sujeto al poder Ejecutivo, que intervendría en las cuestiones administrativas y era designado por el gobernador.
El proceso de solicitud para formar un nuevo municipio iniciaba con una solicitud que elaboran los vecinos y/o autoridades locales que dirigían al jefe político para que lo presentara ante el Congreso. Entre los argumentos que recurrieron los pueblos se encontraban, por un lado, a la historia y, por otro, a la prosperidad de la comunidad y su proyección como autosuficiente para gobernarse. Por ejemplo, al momento de la creación del municipio de Bonanza, el diputado Ignacio Sánchez señaló:
Las franquicias que los reyes dieron a las ciudades para poder debilitar el poder feudal, sirvieron después para afirmar los derechos de los pueblos, que a su vez pusieron a los reyes bajo el dominio de la ley, y han venido en fin a formar las instituciones democráticas que los sujetan todo a la división de las mayorías. Aumentar en la parte posible las municipalidades, ensanchar su poder, alejarnos más y más de la dictadura remota y eterna de los adelantos de los pueblos, el fomentar es desarrollar el principio democrático, esperanza del perfeccionamiento de la humanidad, principio que México se ha propuesto llevar adelante.14
Los diputados reconocían el papel histórico que habían tenido los cabildos para “afirmar los derechos de los pueblos”, por lo que en ese momento de organización territorial reconocían “ensanchar su poder”, como un poder más, para fomentar el municipio y sustentar los principios democráticos. En este sentido, la emancipación de los pueblos significa convertirse en representante legítimo de todos sus derechos y garantes de sus recursos.
Los argumentos utilizados en los cambios territoriales
Dentro de los argumentos de la reorganización territorial se encuentra, en forma constante, la cuestión de la distancia,15 así como los referentes de gobernabilidad y prosperidad y, en menor medida, la justicia. La cuestión de la distancia de un lugar a otro estaba vinculada con los caminos, es decir, con el tiempo, la seguridad y los riesgos que corrían al desplazarse a un punto. En el caso del Valle del Mezquital el camino principal iba de Pachuca hacia Actopan e Ixmiquilpan, de este se desprendían dos ramales: uno hacia Alfajayucan y el otro al mineral de El Cardonal; el resto de los pueblos se comunicaban por caminos de herradura.
Ejemplo claro de que se recurrió a la cuestión de la distancia para garantizar la prosperidad, fue la propuesta presentada por el Congreso estatal para reubicar la cabecera del municipio de Ixquincuitlapilco al pueblo de San Agustín, ya que este último se encontraba en un punto más céntrico que aquel, lo que iba a permitir una mejor comunicación de los pueblos con la cabecera y para la estabilidad de las oficinas municipales. Además, como cabecera municipal debía contar con requerimientos de urbanística y con una población ilustrada para que desempeñaran las funciones de administradores públicos. En esta solicitud están presentes las dos funciones estratégicas dadas a los municipios como parte de la política de la Republica Restaurada: fortalecer la administración local y promover el liberalismo. Como argumento el jefe político en su informe presentado al Congreso señaló:
Ventaja que se aprovecha no solo para darle impulso a su comercio y mejoramientos material, sino que puesta allí la cabecera de la municipalidad tendrá este elemento para recusarse arbitrios y darse una mejor existencia política, que hoy no puede hacerse por faltar en este pueblo la presencia física de la autoridad. Que el pueblo de San Agustín supera en mucho al de Ixquincuitlapilco, en su obra material y elementos propios para la vida, está probado con haberse trasladado allí el poder eclesiástico que no busca el buen gobierno de su iglesia, sino la comodidad de sus individuos.16
En el mismo decreto sobre las modificaciones en el municipio de Ixquincuitlapilco se dispuso que se segregara el pueblo de Chicavasco y se anexara al Arenal, ya que se encontraba en abandono “por la gran distancia” que se encontraba del primero.
No solo el factor distancia contribuía a los cambios territoriales, sino que se mejorara la administración de gobierno y justicia, la educación, entre otros. En términos generales, se recurrió a la felicidad pública como marco para justificar decisiones políticas. En las siguientes páginas, se analizan los dos referentes presentes en los argumentos que realizaban las elites locales: la gobernabilidad que permitía alcanzar el bienestar social a través de una mejor administración y educación y, en menor medida, las mejoras en la administración de justicia.
Por la prosperidad y la educación
Una constante en los argumentos de los vecinos por solicitar un cambio de jurisdicción territorial fue la búsqueda de la prosperidad que vinculaban con el desarrollo y explotación de sus recursos naturales y humanos, para estos últimos había que proporcionarles educación. Estos argumentos eran parte del liberalismo y, en cierta medida, su antecedente estaba en la economía política.
Con la publicación del libro de Adam Smith La Riqueza de las Naciones, se recuperó la economía política como “la indagación de las fuentes de la pública prosperidad y la de los medios de franquear y difundir sus benéficos raudales” (Portillo, 2007). Es decir, la ciencia encargada de promover los medios para la prosperidad pública.17 En este contexto de consolidación del constitucionalismo, las leyes y sus disposiciones debían procurar la felicidad de los individuos que componían las sociedades, y ello dependía de que se antepusiera un principio moral evidente sobre los intereses particulares. El problema era que, desde el antiguo régimen, se había confundido interés público con la ley que, a la vez, coartaba el interés particular. Entonces, la promulgación de las leyes se enfrentaba a la tarea de regular una relación armónica entre el interés público y el privado, considerando la utilidad y la conveniencia. Esto formó parte de la necesidad de un orden constitucional dentro de una sociedad liberal, “una sociedad en que el interés particular había de actuar libremente, donde las pasiones se disciplinaban mediante la razón y la legislación acabaría requiriendo de una más directa intervención ciudadana en la política o de una constitución” (Portillo, 2007). Era evidente que se requería una constitución con una nueva visión de Estado ilustrado, que advertía reformar temas como: organización territorial, religión, justicia, costumbres sociales y libertades.
Si se aceptaba el interés individual como rector de las leyes, se debían garantizar los derechos que se le asociaban - propiedad, libertad y seguridad - para su libre acción, los cuales, a la vez, se concebían como fundamento de la acción política. Es así que los individuos empezaron a tener cabida en la actividad política por medio de la representación; para ello se requería que los nuevos ciudadanos fueran instruidos. En este contexto la educación se convirtió en una cuestión política que buscaba prevenir el ocio, vicio y costumbres decadentes. Es así como la educación tenía la función de fomentar virtudes desde la niñez; como señala Milano:
[...] los conceptos de educación y policía eran base de la prosperidad, controlando el aseo y vestido de los jóvenes, la enseñanza práctica de los oficios, subordinación de discípulos a sus maestros, rigor y justificación de los exámenes compromiso para lograr ciudadanos industriosos. (2017, p. 387)
A final, la educación se proyectó como formadora de ciudadanos útiles, por lo que debía establecerse un control sobre esta para transformar la mentalidad y las costumbres; el objetivo era alcanzar el bienestar individual y, con ello, beneficios públicos, por lo que se justificaba que fuera objeto de política pública. Así que la educación, como instrucción pública, garantizaba la prosperidad material individual y colectiva, porque “la prosperidad pública era la suma de los resultados de la buena fortuna de los individuos de un cuerpo social” (Milano, 2017, p. 387). De esta manera, se estableció un paralelo entre la educación y la felicidad pública.
En el caso de México, los principios de la economía política y el liberalismo estuvieron presentes desde que inició el proceso de independencia, y continuaron en la discusión hasta la Constitución de 1857. Como se observa, en ella se garantizaron los derechos civiles y las libertades individuales, se planteó la convicción de que la educación pública promovía la participación popular en el proceso y se apostó por el desarrollo de la economía mediante la iniciativa individual, la libertad del trabajo y la derogación de los privilegios (Laurens, 1974, p. 648). En el periodo que interesa para esta investigación, la República Restaurada, se planteó el establecimiento del modelo político liberal, favoreciendo el crecimiento económico, el progreso y el bienestar.18 El propio presidente Benito Juárez expresaba que “la misión del gobierno republicano es proteger al hombre en el libre desarrollo de sus facultades físicas y morales, sin más límite que los derechos de otro hombre”.19 Para ello, recalcaba, que se debía erradicar el egoísmo porque “permitía violar las leyes, [y] ultrajaba la libertad”, lo que conducía a la decadencia de las sociedades (Gutiérrez, Ávila y Buelna, 2009, p. 259). El fundamento del progreso que se resaltaba durante la Restauración estaba en la paz de la República, la presencia de la moral en la política y el respeto a la ley.
El presidente Benito Juárez consideraba que un problema a enfrentar, para lograr un cambio de conciencia cívica y alcanzar el establecimiento del modelo liberal, era la educación. Para ello había que establecer una educación laica y libre, como se había perfilado en el artículo 3 de la Constitución federal de 1857. En 1861, se dictaron disposiciones para ordenar la instrucción pública, la principal fue Arreglar la Instrucción Pública en el Distrito Federal y los Territorios, publicada el 15 de abril de 1861, donde la instrucción primaria se estableció como obligatoria y bajo la inspección del gobierno federal, para que las escuelas contaran con apoyo económico de los municipios y sujetas al plan de estudios que proponían, en el cual se suprimió todo contenido religioso e implementaron clases de urbanidad y moral.20 Esta instrucción al pueblo, desde la visión de Juárez, era el “modo más seguro y eficaz de moralizarlo y de establecer de una manera sólida la libertad y el respeto a la Constitución y a las leyes” (Maciel, 1984, p. 114).
Como se mencionó previamente, tanto la idea de prosperidad como el fomento a la educación estuvieron constantemente presentes en los argumentos que presentaban los pueblos para cambiar su jurisdicción territorial. Ejemplo de ello fue la propuesta del diputado Ignacio Sánchez para crear el municipio de Bonanza en agosto de 1869, para lo cual se debían disgregar los pueblos de Santa María Tepeji e Itlataxco del municipio de Cardonal y el pueblo de la Bonanza del municipio de Ixmiquilpan, los cuales pertenecían al distrito de Ixmiquilpan; el resto de los pueblos que lo conformarían serían del distrito de Zimapán: Pechuga y Ferrería de Guadalupe, cuya cabecera sería el primero.21 El diputado Sánchez inició su solicitud resaltando el deseo de promover el bienestar de los pueblos, para lo cual necesitaban “esa especie de emancipación local, principio de la emancipación política a que por el orden natural caminan los seres y todas las sociedades de la tierra por la vía del progreso hacia su mejoramiento y perfección”.22 Planteaba la formación del municipio como la posibilidad que tenían los pueblos para administrar sus recursos y mejorar su gobierno interior, de esta manera alcanzar la prosperidad de la comunidad. Por ello resaltó que el nuevo municipio contaba con los elementos para constituirse como tal: una población de más de 3,000 habitantes, entre los cuales se podían encontrar hombres capaces para desempeñar los cargos municipales; además, la población podía subsistir de los ramos más productivos como cría de ganado, artilleros, agricultura y minería. Por eso planteaba que estos cuatro pueblos estaban en condiciones de que se “emancipen y arreglen su régimen interior tan luego como tengan los elementos necesarios”.23
En cuanto al hecho de dejar el nuevo municipio de Bonanza en el distrito de Zimapán y no de Ixmiquilpan, Sánchez argumentaba que se debía a la dinámica económica del primero con la minería. Los yacimientos minerales de Zimapán contenían plomo, el cual se utilizaba en el mineral de Pechuga para la fundación de la plata. De esta manera, se permitió un crecimiento económico integral con la explotación de estos yacimientos. Por eso se reafirmó que “el mineral de Pechuga a parecer como risueña aurora para el porvenir del distrito de Zimapán, que vendrá con sus rayos a contribuir al gran sol del estado de Hidalgo”.24 Sobre estos argumentos, el diputado Sánchez resaltó la conveniencia de la creación del municipio de Bonanza para una adecuada explotación integral de los recursos naturales y humanos, así como mejorar su representación y administración para la prosperidad no solo local sino también del estado. Cuando se discutió en el seno del Congreso estatal la propuesta del diputado Sánchez, primó en la discusión la idea de la distancia; los diputados resaltaron la distancia que existía entre cada pueblo con Zimapán frente a Ixmiquilpan, que iba de 5 frente a 10 leguas. La comisión terminó decretando la formación del nuevo municipio de Bonanza porque estaban convencidos de los “resultados tan prósperos como felices”.25
En el mismo tenor por demandar la posibilidad de alcanzar la prosperidad, el pueblo de Tuní solicitó segregarse de la municipalidad de Chilcuautla del distrito de Ixmiquilpan para anexarse a Mixquihuala del distrito de Actopan, en diciembre de 1869. Los vecinos de Tuní iniciaron su representación retomando la idea del progreso económico como objetivo que debe alcanzar todo pueblo, lo cual estaba truncado bajo la jurisdicción de Chilcuatla, ya que este:
[...] siempre ha visto con indolencia la instrucción pública de nuestra juventud, no derraman sobre ella ese bautismo regenerador que le da vida política y pisan la senda del progreso y de la felicidad. Continuamente están haciendo válidas al pueblo las leyes de reforma con las exacciones de sumas considerables de dinero que le exigen por las actas del registro civil. En una palabra, con sus tendencias retrogradas no dejan que el progreso haga sentir su benigna influencia en nosotros.26
Los vecinos de Tuní retomaron la educación como una cuestión de interés público que permitía alcanzar la formación de individuos útiles y productivos que fomentarían la prosperidad material de la comunidad. La anexión a Mixquiahuala se sustentaba en la cuestión de la distancia y lo inmediato para gestionar asuntos de gobierno, así como resaltaron las relaciones familiares, comerciales y políticas que existían. Las autoridades estatales aprobaron dicha solicitud.
Tres meses después de la solicitud de los vecinos de Tuní, otro pueblo del municipio de Chilcuatla solicitaba constituirse como municipio: Texcatepec.27 De igual manera que los de Tuní, los vecinos de Texcatepec justificaron su solicitud desde la idea de alcanzar el progreso, pero en esta ocasión resaltaron que se lograría constituyéndose como municipio, en sus palabras: “estamos íntimamente penetrados de que la base más sólida sobre la cual un pueblo puede levantar felizmente el grandioso edificio de su progreso y bienestar es la emancipación con el debido ensanche del poder municipal”.28 Los vecinos recalcaron los beneficios que podrían obtener si administraban sus propios recursos, tanto bienes como humanos - ya que planteaban fomentar la educación en los jóvenes -, así como atender sus necesidades públicas con autonomía, con el fin de maximizar el bienestar de la comunidad, en palabras de aquellos:
Nos parece inconcuso que nadie mejor que los vecinos de un pueblo pueden promover y realizar útiles mejoras en su localidad, y pueden atender más eficazmente a las necesidades públicas con tanto mejor éxito, cuanto que les son más conocidas, les afectan más de cerca y se encuentran más próximos a la ejecución del mismo modo que el dueño de una casa es el que mejor que nadie se encuentra capaz de dirigir bien los negocios de esta.29
Resaltaban cómo las ciudades con sus cabildos se convertían en la base administrativa del gobierno y en la cual se fundamentaba la idea de progreso y democracia. Finalmente, la solicitud fue rechazada por el Congreso porque no cumplían con el requisito mínimo de población.
En septiembre de 1870, el diputado Fermín Viniegra presentó una propuesta a ley para formar los municipios de Tepatepec y Yolotepec. La comisión de división de territorios procedió a consultar a los pueblos involucrados. El pueblo de Yolotepec era parte del municipio de Santiago Tlachichilco, distrito de Actopan; en su conformación como municipio se integrarían el barrio del Capulín, la ranchería de San Miguel Ocosa y el pueblo de Xuchitlán, los cuales estaban de acuerdo porque se acortaría la distancia hacia la cabecera y se agilizarían varios asuntos de gobierno, como la educación pública que demandaban por estar abandonada. Un año después, el cabildo de Santiago Tlachichilco, como cabecera, expuso la propuesta de formación del municipio de Yolotepec para su votación y obtuvo siete en contra y seis en favor; los primeros argumentaron que no contaban con el número suficientes de habitantes ni con los recursos suficientes para cubrir su presupuesto. Además, en ese tiempo los vecinos de Ocosa se negaron a formar parte del nuevo municipio y evidenciaron viejas pugnas. El cabildo de Tlachichilco indicó en su conclusión que no merecían ser elevados de categoría porque no cumplían con los mínimos requisitos para sostenerse como municipio; además, en los dos últimos años, Tepatepec se había resistido pagar sus contribuciones desatendiendo sus compromisos, por lo que no debía ser premiado aceptando tal solicitud.30 En cuanto a Tepatepec, pertenecía a Mixquihuala, distrito de Actopan; como municipio estaría integrado por los pueblos de San Miguel Acambay y el barrio de San José Fundo, los cuales se negaron a pagar las contribuciones porque se encontraban más cerca de la cabecera, pero en el trasfondo se revelaron problemas sobre la propiedad de terrenos de fundo. Además, el propio municipio de San Salvador no estaba dispuesto a que se le quitara el barrio de San José porque implicaba disminuir su territorio y habitantes, con lo cual podría perder su jerarquía territorial. No era el único que temía por su condición de municipio, Mixquihuala manifestó que posiblemente sin Tepetepec no podría subsistir con tal rango, pero igual reconoció que aquel podría “impulsar su marcha en el camino del progreso”.31
Después de presentar sus comentarios los pueblos y municipios, la cabecera del distrito hizo lo propio. Actopan indicó que los municipios se encontraban con una situación crítica en sus fondos de propios y arbitrios para el sostenimiento de las necesidades públicas. En su evaluación consideró que los pueblos de Yolotepec y Tepatepec como municipios podían procurar el bienestar porque “conociendo ellos mejor que nadie sus necesidades, y siendo, dueños de sus elementos y sus recursos pueden mejor remediar sus males y procurar el progreso”.32 Pero también reconoció que esa prosperidad no puede hacerse a consta de otro pueblo, “resultando de esto que por erigir una nueva municipalidad se destruiría otra ya antigua y estimada”.33 Para el caso de Yolotepec, además de lo señalado, el municipio recalcó que “la antigua antipatía que hay entre ese pueblo y los habitantes de Ocosa que según el proyecto formará una parte de la nueva municipalidad, antipatía que será una causa de desorden”.34 En este proceso de reacomodos municipales iba a ser evidente que salieran a la luz pugnas entre los pueblos involucrados, algunas viejas y otras no tanto, “los conflictos marcaban la continuidad o no de esas organizaciones municipales” (Salinas, 1996, p. 38). Finalmente, el 8 de agosto de 1872, la sala de comisión de división territorial del Congreso estatal consideró no aprobar la propuesta del diputado Viniegra sobre la formación de los municipios de Yolotepec y Tepatepec.
Un aspecto que ha estado presente en los argumentos fue el de garantizar la educación. Bajo esta demanda, el pueblo de Xitri, en enero de 1873, solicitó segregarse de Atitalaquia para anexarse a Tetepango que pertenecían al distrito de Tula. Su demanda se fundamentaba en que no contaban con escuelas, aunque la cabecera estaba a dos leguas no querían exponer a sus hijos a los peligros del camino; estaban convencidos que bajo la jurisdicción de Tetepango recibirían los auxilios necesarios para construirse una escuela. Por supuesto que la solicitud no fue del agrado de Atitalaquia, señaló que no había inconveniente en que los niños los mandaran a la Escuela Pública de Tetepango, sin que esto implicara la separación. Anexó que la necesidad de una escuela era solo el pretexto, el verdadero interés era pertenecer a Tetepango porque las haciendas de esa jurisdicción “no pagan rentas de pastos”.35 Al solicitarse la opinión del municipio cabecera del distrito, Tula, reiteró que la principal inquietud del pueblo de Xitri para segregarse era la falta de instrucción primaria “que es de toda esencialidad y que todo buen ciudadano y padre de familia debe procurar la educación de sus hijos”.36 Finalmente, el 29 de abril de 1873, la comisión de división territorial aprobó la solicitud de segregar a Xitri del municipio de Atitalaquia y anexarlo a Tetepango.
En los casos expuestos está presente la idea del progreso, el cual se alcanzaba con una buena gestión en la administración municipal. Hay una fuerte creencia en que a través del municipio se podía gestionar adecuadamente los recursos materiales y humanos para el beneficio de la comunidad, así como atender eficazmente las necesidades públicas; por eso cada vez que un pueblo solicitaba constituirse como municipio señalaban que su emancipación le permitiría alcanzar el progreso. Para las elites locales de Hidalgo, el progreso del nuevo estado se debía impulsar desde la base: los municipios, que promovían el desarrollo económico local y, como parte de un todo, contribuiría al estatal y nacional. Es así como el progreso se concibió como una acción del gobierno, en estos casos el municipal, que permitía aprovechar los recursos y mejorar las condiciones de la colectividad.
En esta emancipación de los pueblos del Valle de Mezquital hay dos aspectos a resaltar. Por un lado, la constitución estatal otorgó a los municipios mayor libertad en la administración de sus recursos y del propio cabildo que el resto de la República, lo que generó que los pueblos solicitaran constituirse como tal y no estar sujetos a otros.37 Por otro lado, desde el gobierno central buscaron consolidar el poder Ejecutivo frente a los caudillos regionales, lo que implicó reorganizar y dividir los grandes territorios en municipios.
En esta idea del progreso, la educación jugaba un papel importante porque permitía formar gente útil e ilustrada, como señalaban, los cuales adquirirían cualidades para desarrollar su bienestar material individual que se proyectaría en el colectivo. Varios intelectuales de la época ubicaron en la difusión y masificación de la educación pública el motor del progreso, por eso durante la República Restaurada se reestructuró el sistema educativo, se “comprendió que parte fundamental del problema educativo en México se debía a la pobreza e ignorancia de las autoridades locales. Por esta razón en algunos estados se traspasó el manejo de las escuelas municipales a la autoridad estatal” (Staples, 2010, p. 124). La educación se convirtió en un elemento crucial para el desarrollo local al proporcionar a los jóvenes, cualidades y capacidades para desarrollarse productivamente y, más adelante, podrían desempeñar funciones como administradores públicos, ya que leer y escribir era un requisito indispensable.
Pervivencia de una pronta justicia
Es evidente que los referentes y argumentos que presentaban los vecinos y autoridades locales para reestructurar el territorio habían cambiado con otro momento coyuntural de organización que fue la instalación de las intendencias con las reformas borbónicas y, posteriormente, las diputaciones provinciales con la constitución de Cádiz. En aquellos momentos, el referente recurrente y constante fue la demanda por una pronta administración de justicia, lo cual tenía sentido porque la concepción de territorio estaba ligada a la jurisdicción de justicia,38 como se mostraba en el Diccionario de Autoridades: a) “el sitio, ó espacio, que tienen una ciudad, villa o lugar”; y b) “se llamaba también el circuito, ó término, que comprehende la jurisdicción ordinaria” (Real Academia Española, 1739, p. 260). Este vínculo entre territorio y justicia, de acuerdo con Darío Barriera:
Se trata del rol que agentes de muy distinta naturaleza y capacidad de acción política hacen o pretenden hacer jugar a las distancias en el marco de argumentaciones sobre comportamientos deseables o indeseables destinados a dirimir una cuestión crucial: la calidad de la justicia administrada en función de un horizonte de buen gobierno (2013, p. 136).
Esta concepción de la distancia territorial llevada al ámbito de la administración de justicia expedita y se traducía en un buen gobierno.
La maquinaria de la monarquía hispánica se estableció bajo el precepto de la cultura política jurisdiccional, donde el poder político estaba indisolublemente ligado a lo jurídico y el buen gobierno que buscaba restablecer el equilibrio del orden dado por Dios. Por lo tanto, la noción de buen gobierno estaba vinculada a la idea de index perfectus - i.e., el rey. Ante la realidad de un juez supremo que estaba ausente y distante, debía delegar su jurisdicción en jueces que promovieran la justicia en todo el territorio; por ello lo organizó bajo una arquitectura institucional que permitía que estuviera presente el juez perfecto. Además, los pueblos que contaban con jurisdicción establecieron mecanismos para recuperar costumbres dentro de la normativa local, entendida como acto de jurisdicción de un pueblo que interpreta (Agüero, 2007, p. 35). La jurisdicción era planteada como una propiedad inherente a cada comunidad política que se encontraba adherida a su territorio. Esta concepción de estructurar el territorio con miras a la jurisdicción permeó hasta las primeras décadas del siglo XIX, y para la segunda mitad se encuentran esporádicas referencias.
Los dos ejemplos que se encontraron, donde los pueblos solicitaban cambios territoriales y demandaban una expedita administración de justicia, no era el argumento principal sino complementario. Tasquillo siempre había pertenecido al distrito de Ixmiquilpan y en 1862 fue anexada a Zimapán. Posteriormente, durante el gobierno del Segundo Imperio, Tasquillo pasó al distrito de Ixmiquilpan; no obstante, después de la derrota el emperador, se derogó dicha disposición. Para el municipio de Tasquillo, la medida tomada fue gubernativa y demandaba una reforma porque eran otros tiempos y circunstancias. En esta situación, Tasquillo distaba 7 leguas de Zimapán, sin contar que el camino era demasiado accidentado, por lo que a pie podían tardar un día y en caballo ocho horas. En este contexto, los vecinos demandaban que era costoso y tardado realizar trámites de gobierno o judiciales hasta la cabecera del municipio, por lo que demandaron volver a ser integrados a Ixmiquilpan, con el cual tienen una corta distancia: “la igualdad de intereses; por nuestro comercio; por los lazos de intereses que con ella nos une”.39 En respuesta, la cabecera de Zimapán indicó que se habían hecho mejoras en el camino y, respecto de los asuntos contenciosos, señaló que el juez “esta[ba] interesado en no causar demora alguna a las personas de fuera de la cabecera”, por lo que se contaban con dos escribientes que facilitaban los procesos judiciales.40 Zimapán solicitaba al Congreso que no se considerara la solicitud de Tasquillo, ya que implicaría quitarle una cuarta parte de su censo y se le “privaría también de los elementos y recursos de aquel municipio para sus urgentes necesidades que le proporciona con sus rentas”.41 La comisión de gobernación y división territorial indicó que no era conveniente la segregación de Tasquillo del distrito de Zimapán porque pondría en prejuicio el censo necesario de este. En cuanto a la demanda de una mejor administración de justicia, propuso que Tasquillo pudiera pertenecer al distrito judicial de Ixmiquilpan y políticamente a Zimapán.
En el mismo sentido, el pueblo de Xuchitlán aprobó la propuesta de formación del municipio de Yolotepec porque se acortaría la distancia de 7 a 2 leguas, además, se vería mejorada la instrucción pública y “la administración de justicia comisaria con la prontitud y eficacia que requieren los diversos casos que se presentan”.42
La noción que se planteó en la cultura jurisdiccional de buen gobierno vinculado a dar justicia se había perdido, los planteamientos sobre la división de poderes permitían que un pueblo estuviera vinculado a uno en términos de gobierno y elecciones y a otro en el ámbito de la justicia. Además, de que lo primaba en ese momento era establecer las condiciones económicas y de gobierno necesarias para que los pueblos pudieran progresar.
Conclusión
La promulgación del nuevo estado de Hidalgo fue un momento coyuntural durante el cual los pueblos demandaron una nueva reorganización territorial en aras de mejorar la administración pública y la seguridad interna. En este proceso se observa que los pueblos no se identificaban o estaban descontentos con sus autoridades inmediatas, por lo que pedían cambio de pertenencia a un municipio o formar uno nuevo. Estas solicitudes tenían el objetivo de plantear la posibilidad de solucionar sus necesidades públicas - e.g., educación, contribuciones fiscales, condiciones para la explotación de sus recursos, tenencia de tierras, entre otras - y alcanzar autonomía en la administración y gestión de sus recursos materiales y humanos. Finalmente, los pueblos buscaban nuevos horizontes en espera de una mejor relación con sus autoridades inmediatas y estatales y, con ello, mejorar su gobierno interior.
Ante estas demandas de los pueblos, ¿bajo qué criterios el Congreso estatal las aprobaba o las rechazaba? En general, se evidencia en sus argumentos públicos que resolvían en función de que se garantizara mejorar la administración local y mantener el orden y la armonía entre los pueblos; es decir, se recurrió a la felicidad pública como marco para justificar decisiones políticas. Sin embargo, no puede perderse de vista que entraban en juego las tensiones y las relaciones que tenían las elites locales entre sí y con el gobierno estatal. En cuanto a la formación de municipios consideraban, desde el principio de la soberanía popular, que eran la base para alcanzar la prosperidad económica y social, por lo que aprobaban y, en algunos casos, fomentaban la instalación de estos, siempre y cuando cumplieran con los requisitos y condiciones necesarias para su sustento. Para los propios pueblos, emanciparse, como lo expresaban, y constituirse como municipio significaba adquirir poder municipal. Esto se traducía en adquirir amplias facultades de gobierno para administrar sus propios recursos y atender sus necesidades de forma eficaz. Sustentaban su capacidad de cumplir con estas expectativas porque conocían de forma inmediata el territorio, sus recursos y sus habitantes, lo que les permitía tomar decisiones acertadas y llevarlas a la ejecución de forma inminente.
La demanda de una educación vinculada al bien público merece atención especial. Se consideraba que, por medio de la educación, los habitantes tendrían la oportunidad de reconocer e interiorizar los preceptos de la soberanía, la doctrina de los derechos naturales de los hombres y el ideario republicano. Esto permitió configurar un ciudadano dentro de un nuevo orden político basado en la igualdad civil (Hernán, 2013, p. 152). En este sentido, la educación tendría la función dentro del Estado de integrar y lograr un consenso de los distintos grupos sociales y étnicos, la creación de una identidad nacional, y la legitimación del poder del Estado. Pero la educación también tendría una función local: formar ciudadanos útiles y productivos que alcanzaran su bienestar individual que se reflejaría en los beneficios públicos de la comunidad.
En este trabajo se han analizado los discursos que presentaban los vecinos y elites locales para reorganizar su territorio, pero quedan pendientes las intenciones que había atrás. No puede olvidarse la presencia de los caudillos, que en esa época llegaban a controlar una región desde lo político, militar y económico, y contaba con una legitimidad dentro de la comunidad como un padre protector - sobre todo en el proceso de deslinde de tierras de comunidad que se dieron con la Ley Lerdo.
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1
Entre 1826 y 1856, varios pueblos subieron de categoría como municipios y otros la perdieron, esto en función de los requisitos que se establecían para adquirir dicha condición.
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La ley sobre Desamortización de Bienes de Corporaciones Civiles y Eclesiásticas - Ley Lerdo - tenía el objetivo de crear un sector de pequeños propietarios, impulsar un mercado de tierras y sanear las finanzas públicas del Estado. De acuerdo con San Pedro, “los bienes comunales de los pueblos indígenas, según la doctrina liberal, constituían una forma de propiedad imperfecta ya que era compartida por varios dueños. Pero dicha propiedad colectiva impedía la libre compraventa de terrenos y el cobro ordenado de impuestos” (2015, p .64).
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3
En esta reorganización, Tetepango se incorporó a Tula.
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4
David Maciel señala que el triunfo de la República Restaurada significó “la imposición de un sistema de gobierno sobre otro sistema rival y a la vez la derrota definitiva del monarquismo por el grupo liberal republicano. […] La nueva república proporcionaría la primera ocasión en el México independiente que un grupo político, en este caso el liberal, tendría la oportunidad de poner en práctica su programa político sin la amenaza de una contienda contricante” (1984, p. 97). En este periodo se comenzó a desarrollar una política nacional que fortaleciera al ejecutivo frente a los caudillos regionales, por medio de reformas legislativas, armas, educación y cultura.
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5
El corredor minero se estableció desde el Cardonal hacia el norte, donde se fundaron los reales de minas de La Pechuga Vieja y La Pechuga Nueva.
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6
No se tiene información si fue aprobada o rechazada la solicitud.
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7
Archivo Histórico del Congreso de Hidalgo (AHCH), fondo ‘Libro de actas de sesiones públicas, relativa á la Constitución’, tomo 4, sesión del 5 de febrero de 1870.
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8
Es conveniente señalar que en los debates del Congreso Constituyente de 1856-1857, el diputado Del Castillo Velasco estaba convencido que el vínculo entre la soberanía popular y la libertad municipal “era una de las instituciones políticas que necesitaba la república para propiciar el autogobierno y organizar el régimen federal democrático” (Acedo, 2009, p. 34). A final, no se contempló la libertad del municipo en dicha carta constitucional.
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9
AHCH, fondo ‘Libro de actas - Constitución’, tomo 4, sesión del 5 de febrero de 1870.
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10
AHCH, fondo ‘Libro de actas - Constitución’, tomo 4, sesión del 20 de febrero de 1870. Esta visión del municipio como un poder más, se había planteado en las sesiones del congreso constituyente de 1856-1857, en la voz de Espiridión Moreno: “definía al municipio como un cuarto poder junto con el Legislativo, Ejecutivo y Judicial” (Acedo, 2009, p. 36).
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11
AHCH, fondo ‘Libro de actas - Constitución’, tomo 4, sesión del 5 de febrero de 1870.
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12
En términos generales, se tenía la concepción en el nivel nacional que los ayuntamientos necesitaban de los medios de subsistencia suficientes para cubrir los elementos propios de vida, así lo expuso en su momento Guillermo Prieto (1876, pp. 763-64), en sus Lecciones elementales de economía política que impartía en la Escuela de Jurisprudencia.
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13
Constitución Política del Estado de Hidalgo, 1870, título IV, capítulo III, artículo 86.
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14
AHCH, fondo ‘Actas de sesiones’, exp. “Creación del municipio de Bonanza”. Representación enviada por Ignacio Sánchez, 27 de agosto 1869.
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15
La concepción de distancia se retomó de Darío Barriera como “el papel que juegan las diferentes distancias que pueden existir entre una población y los agentes políticos y socialmente reconocidos” (2013, p. 135). Con este concepto se estudia el rol de los agentes y su capacidad de acción políticas que hacen a la distancia.
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16
AHCH, fondo ‘Decretos’, no. 150. Informe presentado por el Jefe Político de Actopan, 23 de septiembre de 1872.
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17
Las ideas de la economía política comenzaron a difundirse, a inicios del siglo XVIII, de la mano de Isaac Newton, John Locke, Pierre Bayle y Bernard de Mandeville, en la cual colocaba al individuo como eje de una nueva reflexión moral. Llegaron a México y a lo largo del siglo XIX se estuvieron debatiendo como lo hizo Guillermo Prieto, quien definió la economía política de Smith como: “la ciencia que trata de procurar al pueblo la abundancia o, mejor dicho, de ponerlo en aptitud de que se procure”, y la de Jean Baptiste Say: “la ciencia de los intereses de la sociedad” (1876, p. 4).
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18
Para mayor profundidad sobre la concepción de progreso en el siglo XIX, véase Isaac Enríquez Pérez, quien señala que, durante la República Restaurada, se “asumió como central la resolución de los problemas relacionados con la desigual distribución de la tierra y con la marginación y autogobierno de las comunidades autóctonas” (2019, p. 136).
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19
Documento no. 29: Discurso del Señor gobernador al rendir la protesta ante el honorable congreso del Estado en 1857 (Tamayo, 2006, p. 67).
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20
Anne Staples hace la advertencia que durante la primera mitad del siglo XIX la enseñanza de las primeras letras era patrocinada por el ayuntamiento, la parroquia o algún convento, pero “el hecho de que la cultura fuera católica no significaba que la Iglesia, como institución, monopolizara la transmisión del saber” (2010, p. 101).
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21
El diputado Sánchez constantemente resaltó los vínculos económicos y de amistad de estos cuatro pueblos; Itatlazco y Santa María de Tepeji estaban íntimamente ligados a Ferrería de Guadalupe y el mineral de Pechuga por el comercio de madera y combustible. Los dos primeros pueblos necesitan de los dos últimos para el consumo de sus productos; los segundos necesitan de los primeros porque carecían del trabajo de las minas y beneficio de metales. En este sentido, resaltaba que los cuatro pueblos eran “parte integrante de un todo; homogéneas y semejantes que no pueden existir separadas como gotas de agua que no necesitan más que tocarse por su superficie para convertirse en una sola”; AHCH, fondo ‘Actas de sesiones’, exp. “Creación del municipio de Bonanza”. Representación enviada por Ignacio Sánchez, 27 de agosto 1869.
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22
AHCH, fondo ‘Actas de sesiones’, expediente “Creación del municipio de Bonanza”. Representación enviada por Ignacio Sánchez, 27 de agosto 1869.
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23
AHCH, fondo ‘Actas de sesiones’, exp. “Creación del municipio de Bonanza”. Representación enviada por Ignacio Sánchez, 27 de agosto 1869.
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AHCH, fondo ‘Actas de sesiones’, exp. “Creación del municipio de Bonanza”. Representación enviada por Ignacio Sánchez, 27 de agosto 1869.
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25
AHCH, fondo ‘Actas de sesiones’, exp. “Creación del municipio de Bonanza”, Discusión en la comisión de territorio, 7 de febrero de 1870.
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AHCH, fondo ‘Comisión de territorio’, caja 198, exp. 8. Representación de los vecinos de Tuní que solicitan anexarse a Mixquiahula, 6 de diciembre de 1869.
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27
En el proyecto de la formación del municipio de Texcatepec se contempló anexar el pueblo de Tuní, quienes el 22 de septiembre de 1870 manifestaron que no era su deseo.
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28
AHCH, fondo ‘Comisión de territorio’, caja 198, exp. 9. Representación de los vecinos de Texcatepec que dirigen al Jefe Político, 26 de febrero de 1870.
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AHCH, fondo ‘Comisión de territorio’, caja 198, exp. 9. Representación de los vecinos de Texcatepec que dirigen al Jefe Político, 26 de febrero de 1870.
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30
AHCH, fondo ‘Comisión de territorio’, caja 198, exp. 20. Representación de Santiago Tlachichilco, 13 de septiembre 1871.
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31
AHCH, fondo ‘Comisión de territorio’, caja 198, exp. 20. Representación de las autoridades de Mixquiahuala, 14 de septiembre 1871.
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32
AHCH, fondo ‘Comisión de territorio’, caja 198, exp. 20. Representación de Actopan, 19 de septiembre 1871.
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33
AHCH, fondo ‘Comisión de territorio’, caja 198, exp. 20. Representación de Actopan, 19 de septiembre 1871.
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34
AHCH, fondo ‘Comisión de territorio’, caja 198, exp. 20. Representación de Actopan, 19 de septiembre 1871.
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35
AHCH, fondo ‘Comisión de territorio’, caja 198, exp. 37. Representación del municipio de Tetepango, 22 de enero de 1873.
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36
AHCH, fondo ‘Comisión de territorio’, caja 198, exp. 37. Representación del municipio cabecera de Distrito Tula, 8 de febrero de 1873.
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37
Solo las constituciones de Hidalgo y Tlaxcala consideraron los municipios como un poder que quedaba al margen del Ejecutivo.
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38
El concepto de jurisdicción estaba ligado con la idea de mantener la paz y dar a cada uno lo suyo; es decir, dictar o declarar justicia - tal y como se deriva etimológicamente del término original latino iurisdictio.
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39
AHCH, fondo ‘Comisión de territorio’, caja 198, exp. 28, sin fecha [1873].
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40
AHCH, fondo ‘Comisión de territorio’, caja 198, exp. 28, 15 de agosto de 1873.
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41
AHCH, fondo ‘Comisión de territorio’, caja 198, exp. 28, 15 de agosto de 1873.
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42
AHCH, fondo ‘Comisión de territorio’, caja 198, exp. 20, 20 noviembre de 1870.
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- » Recibido: 12/07/2021
- » Aceptado: 27/04/2022
- » : 05/11/2022» : 2022Apr-Sep